E-1612/98 de Glyn Ford a la ComisiónAsunto: Seguridad de los teléfonos

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas
  1. ¿Por qué se escogió al banco mencionado como relación bancaria de la UE? ¿Quién es el responsable de esta decisión? ¿Qué conclusiones extrae la Comisión de este asunto? ¿Cuáles son los procedimientos para la elección de las relaciones bancarias de la UE? 3. ¿Ha constatado la Comisión también en otros casos que el banco elegido como relación bancaria de la UE se encontraba en una situación económica difícil? En caso afirmativo, ¿cuáles fueron estos casos y qué pérdidas financieras hubo que registrar? 4. ¿Están sometidos a un control especial los bancos que podrían actuar como relación bancaria de la UE? En caso afirmativo, ¿cómo se lleva a cabo este control? En caso negativo, ¿por qué no se lleva a cabo? Respuesta del Sr. de Silguy en nombre de la Comisión (12 de junio de 1998) La Comisión no había designado al banco Tauras como banco corresponsal ni había depositado en él fondos de la Comunidad. Por consiguiente, el procedimiento de quiebra de que es objeto este banco no supondrá ninguna pérdida de fondos comunitarios.

Quizá Su Señoría haga referencia al uso de los fondos derivados de la ayuda macrofinanciera concedida por la Comunidad a Lituania en noviembre de 1992. Para un análisis pormenorizado del desarrollo de esta operación, cabe remitirse al informe sobre la ayuda macrofinanciera a terceros países que la Comisión presenta al Parlamento cada año (1).

La ayuda macrofinanciera otorgada a Lituania a raíz del acuerdo firmado por dicho país con el Fondo Monetario Internacional (FMI) consistió en un préstamo de la Comunidad al Banco de Lituania. Se trata, pues, de un préstamo soberano garantizado por la República de Lituania.

Debido a las particulares circunstancias imperantes en el momento en que se concedió la ayuda, se permitió a las autoridades lituanas utilizar parte de los fondos para conceder, a su vez, préstamos, a través de una serie de bancos locales designados a tal efecto. Estos subpréstamos constituyen transacciones financieras entre entidades lituanas y todos los riesgos que implican recaen sobre el Estado lituano. Fue en este contexto en el que, el 29 de agosto de 1995, las autoridades de Lituania decidieron prestar al banco Tauras 17 millones de ecus. No obstante, la concesión de estos subpréstamos no incide en modo alguno en los créditos de la Comunidad frente a Lituania. Hasta la fecha, los intereses de los préstamos comunitarios a este país se han pagado escrupulosamente y, a juicio de la Comisión, no hay motivos...

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