2001/C 103 E/173E-2430/00 de Gorka Knörr Borràs al Consejo Asunto: Pueblos

Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

6. En lo que respecta a las disposiciones disciplinarias, éstas aún no se han debatido en los órganos del Consejo. En caso de despliegue en una fuerza multinacional, cada persona debe atenerse en principio a las disposiciones disciplinarias nacionales, ya que el personal se halla bajo la responsabilidad de la estructura de mando nacional de cada Estado, representado en la persona del oficial de mayor grado de dicho Estado.

(2001/C 103 E/172) PREGUNTA ESCRITA E-2428/00 de Jeffrey Titford (EDD) a la Comisión (18 de julio de 2000) Asunto: Supresión del veto nacional sobre los impuestos y otros asuntos Con referencia al proyecto de la Unión Europea relativo a la reforma institucional, ¿es cierto que en dicho proyecto se pide la supresión del veto nacional con respecto a 39 políticas distintas, 'para evitar posibles bloqueos en una Unión Europea ampliada'? ¿Cuáles son esas 39 políticas? Al parecer, el documento contiene una lista de asuntos fiscales que están estrechamente relacionados con el mercado interior y también de otros que no lo están.

¿Puede la Comisión proporcionarme la lista completa de los asuntos fiscales que supuestamente están estrechamente relacionados con el mercado interior y también de aquellos asuntos que no lo están? Respuesta del Sr. Barnier en nombre de la Comisión (7 de septiembre de 2000) Su Señoría hace referencia al informe de la Presidencia al Consejo Europeo de Feira relativo a la conferencia intergubernamental sobre la reforma institucional (doc. Confer 4750/00 (1 )). El Anexo 3.1. de este informe contiene una lista de 39 disposiciones que merecen ser examinadas con vistas a un posible paso a un sistema de mayoría cualificada. El Anexo 3.2. de dicho informe contiene un proyecto, elaborado por la Presidencia, de reformulación del artículo 93 (antiguo artículo 99) del Tratado CE que establece como principio el mantenimiento de la regla de la unanimidad en el ámbito de la fiscalidad y define una lista muy limitada de medidas específicas relacionadas con el mercado interior para las que podría considerarse la introducción de un sistema de decisión por mayoría cualificada. El informe de la Presidencia (parte I, capítulo 3, apartados 6 a 8) precisa el estado de las negociaciones.

(1 ) http://db.consilium.eu.int/cigdocs/FR/04750f.pdf.

(2001/C 103 E/173) PREGUNTA ESCRITA E-2430/00 de Gorka Knörr Borràs (Verts/ALE) al Consejo (24 de julio de 2000) Asunto: Pueblos ¿Qué interpretación hace el Consejo de los artículos 151, 189...

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