2001/C 187 E/072E-3860/00 de Heidi Hautala a la Comisión Asunto: Vertidos de sustancias peligrosas en la cuenca del río Segura (España)

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

(2001/C 187 E/072) PREGUNTA ESCRITA E-3860/00 de Heidi Hautala (Verts/ALE) a la Comisión (8 de diciembre de 2000) Asunto: Vertidos de sustancias peligrosas en la cuenca del río Segura (España) En las Comunidades Autónomas de Valencia y Murcia, la cuenca del río Segura presenta una grave situación de contaminación por los vertidos de sustancias peligrosas (1 ). Además el agua contaminada que circula por el río Segura y sus afluentes se utiliza para el riego de productos agrícolas a su paso por la provincia de Alicante, lo cual constituye un serio problema agrícola y medioambiental ya que el agua no es apta para el riego. Un afluente del río Segura en la provincia de Murcia, el río Guadalentín sufre una gravísima situación de contaminación por cromo. Según estudios realizados por algunos laboratorios, los efluentes vertidos al río Guadalentín contienen 2 576 microgramos de cromo III por litro y 231 microgramos de cromo VI por litro, que suman un total de 2 807 microgramos de cromo. Las normas internacionales de la FAO aconsejan que el agua que se utiliza para el riego no contenga más de 100 microgramos. Estudios científicos elaborados por la Universidad de Murcia y por la Universidad Miguel Hernández dan testimonio de la magnitud del problema. De conformidad con estos estudios, se pone de manifiesto la presencia en las aguas del río Segura de sustancias contaminantes de la lista I de la Directiva del Consejo 76/464/CEE (2 ), de 4 de Mayo de 1976, relativa a la contaminación causada por determinadas sustancias peligrosas vertidas en el medio acuático de la Comunidad. Dichas sustancias son el cadmio y los compuestos organohalogenados. Además el estudio llevado a cabo por la Universidad de Murcia indica la presencia de cromo y níquel, sustancias de la lista II de la mencionada Directiva.

  1. ¿No estima la Comisión que se está vulnerando por parte de España la Directiva 76/464/CEE relativa a la contaminación causada por determinadas sustancias peligrosas vertidas en el medio acuático, la Directiva 83/513/CEE (3 ) relativa a los valores límite y a los objetivos de calidad para los vertidos de cadmio y la Directiva 84/491/CEE (4 ) relativa a los valores límite y los objetivos de calidad para los vertidos de hexaclorociclohexano? 2. ¿Se han puesto en conocimiento de la Comisión por parte de las autoridades nacionales competentes las causas y hechos que han originado la presencia en las aguas del río Segura de las sustancias peligrosas, cuyos valores...

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