Segunda acta de corrección de errores del Tratado entre el Reino de Bélgica, el Reino de Dinamarca, la República Federal de Alemania, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, Irlanda, la República Italiana, el Gran Ducado de Luxemburgo, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República Portuguesa, la ...

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Segunda acta de corrección de errores

del Tratado

entre

el Reino de Bélgica, el Reino de Dinamarca, la República Federal de Alemania, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, Irlanda, la República Italiana, el Gran Ducado de Luxemburgo, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República Portuguesa, la República de Finlandia, el Reino de Suecia, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (Estados miembros de la Unión Europea)

y

la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia, la República Eslovaca

relativo a laadhesión de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca a la Unión Europea

firmado en Atenas el 16 de abril de 2003

(DO L 236 de 23.9.2003)

La presente corrección de errores surte efecto por Acta de corrección de errores firmada en Roma el 29 de marzo de 2004, siendo depositario el Consejo.

  1. Acta de adhesión, anexo II 'Lista contemplada en el artículo 20 del Acta de adhesión', capítulo 1 'Libre circulación de mercancías', sección K 'Productos químicos', adaptaciones de la Directiva 67/548/CEE del Consejo

    a) Letra d), anexo IIIi) Página 118, R6, texto correspondiente a Malta

    Donde dice: 'MT: Jista' jisplodi b'kuntatt jew bla kuntatt ma' l-ajra.', debe decir: 'MT: Jista' jisplodi b'kuntatt jew bla kuntatt ma' l-arja.'.

    ii) Página 120, R15, texto correspondientea Malta

    Donde dice: 'MT: Kuntatt ma' l-ilma jo rog gassijiet li jiedu n-nar malajr afna.', debe decir: 'MT: B'kuntatt ma' l-ilma jo rog gassijiet li jiedu n-nar malajr afna.'.

    b) Letra e), anexo IV

    i) Página 162, S33, texto correspondiente a Malta

    Donde dice: 'MT: Evita l-kumulazzjoni ta' kargi elettrostati i.', debe decir: 'MT: Evita l-akkumulazzjoni ta' kargi elettrostati i.'.

    ii) Página 169, S57, texto correspondiente a Malta

    Donde dice: 'MT: Ua kontenitur adatt biex tevita t-tin is ta' l-ambjent.', debe decir: 'MT: Ua kontenitur adatt biex tevita t-tni is ta' l-ambjent.'.

  2. Acta de adhesión, anexo II 'Lista contemplada en el artículo 20 del Acta de adhesión', capítulo 4 'Derecho de sociedades', sección C 'Derechos de propiedad industrial', subsección II 'Certificados complementarios de protección'

    a) Punto 1, letra a), inserción del nuevo artículo 19 bis en el Reglamento (CEE) n.o 1768/92 del Consejo

    -- Página 343, letra f) del nuevo artículo 19 bis:

    Donde dice: 'f) Se podrá conceder un certificado para cualquier medicamento que esté protegido por una patente de base en vigor y para el cual la primera autorización de comercialización como medicamento se haya obtenido en Hungría después del 1 de enero de 2000, siempre que la solicitud de certificado se presente en los seis meses siguientes a la fecha de adhesión.', debe decir: 'f) Se podrá conceder un certificado en Hungría para cualquiermedicamento que esté protegido por una patente de base en vigor y para el cual la primera autorización de comercialización como medicamento se haya obtenido después del 1 de enero de 2000, siempre que la solicitud de certificado se presente en los seis meses siguientes a la fecha de adhesión.'.

    -- Página 343, letra h) del nuevo artículo 19 bis:Donde dice: 'h) Se podrá conceder un certificado para cualquier medicamento que esté protegido por una patente de base en vigor y para el cual la primera autorización de comercialización como medicamento se haya obtenido en Polonia después del 1 de enero de 2000, siempre que la solicitud de certificado se presente a más tardar en los seis meses siguientes a la fecha de adhesión.', debe decir: 'h) Se podrá conceder un certificado en Polonia para cualquier medicamento que esté protegido poruna patente de base en vigor y para el cual la primera autorización de comercialización como medicamento se haya obtenido después del 1 de enerode 2000, siempre que la solicitud de...

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