Asunto C-491/03: Petición de decisión prejudicial planteada mediante resolución del Hessischer Verwaltungsgerichtshof, de fecha 1 de octubre de 2003, en el asunto entre Volkswirt Weinschänken GmbH y Stadt Frankfurt am Main

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C 47/14 ES 21.2.2004Diario Oficial de la Unión Europea 3) Al cuantificar el daño, además de la devolución de las cantidades percibidas en infracción de las normas comunitarias, ¿debe reconocer el juez nacional (siempre con arreglo al Derecho comunitario) al perjudicado también una cantidad en concepto de daño punitivo frente a quienes hayan realizado la práctica colusoria prohibida o el abuso de posición dominante? 4) Conforme al Derecho comunitario, ¿debe reconocerse también la indemnización del daño moral? 5) Conforme al Derecho comunitario, ¿el juez debe ordenar también de oficio la indemnización de los daños punitivos y del daño moral? 6) Un plazo de prescripción de un año de la acción indemnizatoria por infracción de los artículos 81 y 82 del Tratado CE previsto por la Ley nacional italiana, ¿es contrario al Derecho comunitario, por ser demasiado breve? 7) El Derecho comunitario, ¿impone que se considere como dies a quo para el cómputo del plazo de prescripción de la acción indemnizatoria el día en que se cometió la infracción de los artículos 81 y 82 o bien el día en que cesó dicha infracción? 8) ¿Establece el Derecho comunitario la obligación del juez nacional de no aplicar las normas nacionales contrarias al mismo o en cualquier caso de interpretarlas de manera conforme? Petición de decisión prejudicial planteada mediante resolución del Unabhängiger Finanzsenat der Aussenstelle Linz, de fecha 20 de octubre de 2003, en el asunto entre Kretztechnik AG y Finanzsenat Linz (Asunto C-465/03) (2004/C 47/23) Al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas le ha sido sometida una petición de decisión prejudicial mediante resolución del Unabhängiger Finanzsenat der Aussenstelle Linz, dictada el 20 de octubre de 2003, en el asunto entre Kretztechnik AG y Finanzsenat Linz y recibida en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 5 de noviembre de 2003. El Unabhängiger Finanzsenat der Aussenstelle Linz solicita al Tribunal de Justicia que se pronuncie sobre las siguientes cuestiones:

1) Una sociedad anónima que, con ocasión de la ejecución de su salida a bolsa, entrega acciones a nuevos accionistas a cambio del pago de un precio de emisión, ¿presta un servicio a título oneroso, a efectos del artículo 2, apartado 1, de la Sexta Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios -- Sistema común del Impuesto sobre...

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