53 Las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel y tejidos de hilados de papel
398 ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 30. 10. 98
LAS DEMÁS FIBRAS TEXTILES VEGETALES; HILADOS DE PAPEL Y TEJIDOS DE HILADOS DE PAPEL Nota complementaria 1. A. Sin perjuicio de las excepciones previstas en el apartado B siguiente, en las subpartidas 5306 10 90, 5306 20 90 y 5308 20 90, se entiende por 'acondicionados para la venta al por menor', los hilados (sencillos, retorcidos o cableados) presentados:
-
en cartulinas, bobinas, tubos o soportes similares, en bolas u ovillos, con un peso inferior o igual, incluido el soporte, a 200 gramos;
-
en madejas o madejitas con un peso inferior o igual a 125 gramos;
-
en madejas subdivididas en madejitas por medio de uno de varios hilos divisores que las hacen independientes unas de otras, con un peso uniforme por cada madejita inferior o igual a 125 gramos.
-
Las disposiciones anteriores no se aplican:
-
-
a los hilados retorcidos o cableados, crudos, en madejas;
-
a los hilados retorcidos o cableados que se presenten:
1) en madejas de devanado cruzado;
2) con soporte u otro acondicionamiento que implique su utilización en la industria textil (por ejemplo: en tubos para máquinas de torcer, canillas, husos cónicos o conos, o en madejas para telares de bordar).
Código NC Designación de la mercancia Tipo de los derechos Unidad suplementariaautónomos (%) convencionales (%) 1 2 3 4 5
5301 Lino en bruto o trabajado, pero sin hilar; estopas y desperdicios de lino, incluidos los desperdicios de hilados y las hilachas:
5301 10 00 - Lino en bruto o enriado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . exención exención -- Lino agramado, espadado, peinado o trabajado de otro modo, pero sin hilar:
5301 21 00 - - Agramado o espadado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . exención exención -5301 29 00 - - Los demás . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . exención exención -5301 30 - Estopas y desperdicios de lino:
5301 30 10 - - Estopas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . exención exención -5301 30 90 - - Desperdicios de lino . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . exención exención -5302 Cáñamo (Cannabis sativa L.) en bruto o trabajado, pero sin hilar;
estopas y desperdicios de cáñamo, incluidos los desperdicios de hilados y las hilachas:
5302 10 00 - Cáñamo en bruto o enriado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . exención...
To continue reading
Request your trial