2003/C 28 E/214E-2123/02 de Ian Hudghton a la Comisión Asunto: Reforma de la PCP y posible impugnación jurídica

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Respuesta del Sr. Fischler en nombre de la Comisión (29 de julio de 2002) La Comisión señalaba claramente en el apartado 3.3 de su Comunicación sobre la reforma de la política pesquera común (1 ) que desea mantener la estabilidad relativa y que, en este contexto, deben tenerse en cuenta las preferencias de La Haya, 'eliminando con ello las incertidumbres sobre cómo debe aplicarse la estabilidad relativa'.

(1) COM(2002) 181 final.

(2003/C 28 E/214) PREGUNTA ESCRITA E-2123/02 de Ian Hudghton (Verts/ALE) a la Comisión (17 de julio de 2002) Asunto: Reforma de la PCP y posible impugnación jurídica El principio de la estabilidad relativa se fija en el apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) del Consejo no 170/83 (1) de 25 de enero de 1983, se confirma en lo sustancial en el apartado 4 del artículo 8 del Reglamento (CEE) del Consejo no 3760/92 (2 ) de 20 de diciembre de 1992 y queda también reconocido en virtud de los Actos de Adhesión de España y Portugal. Además, el principio se ha visto elaborado y reforzado por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia (por ejemplo, entre otros muchos casos, asuntos acumulados C-418/00 y C-419/00, asunto C-120/99, asuntos acumulados C-61/96, C-132/97, C-27/99,

C-81/00 y C-22/01, asunto T-196/99 y asunto C-4/96).

Por tanto, el acervo comunitario ha establecido firmemente el principio de la estabilidad relativa como fundamental para la Política Común de Pesca. En este caso, ¿cómo puede justificar la Comisión la erosión de este principio tal y como aparece en el paquete de reformas publicado recientemente, sin que el conjunto de la reforma quede abierto a la impugnación jurídica? (1) DO L 24 de 27.1.1983, p. 1.

(2) DO L 389 de 31.12.1992, p. 1.

(2003/C 28 E/215) PREGUNTA ESCRITA E-2124/02 de Ian Hudghton (Verts/ALE) a la Comisión (17 de julio de 2002) Asunto: Futuro de las comunidades dependientes de la pesca El Tribunal de Justicia Europeo ha reforzado de forma inequívoca el principio de la estabilidad relativa, sobre la base del texto original del Reglamento (CEE) del Consejo no 170/83 (1 ), como un principio cuyo objetivo es garantizar a...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT