Reglamento (CE) nº 1440/2006 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2006, por el que se fija el importe máximo de la ayuda para la mantequilla concentrada para la 17º 1898/2005

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 1440/2006 DE LA COMISIÓN de 29 de septiembre de 2006 por el que se fija el importe máximo de la ayuda para la mantequilla concentrada para la 17a licitación específica efectuada en el marco de la licitación permanente contemplada en el Reglamento (CE) no 1898/2005

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), y, en particular, su artículo 10,

Considerando lo siguiente:

(1) Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 47 del Reglamento (CE) no 1898/2005 de la Comisión, de 9 de noviembre de 2005, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo en lo que respecta a las medidas para la salida al mercado comunitario de la nata, la mantequilla y la mantequilla concentrada (2), los organismos de intervención abren una licitación permanente para conceder una ayuda para la mantequilla concentrada. El artículo 54 de dicho Reglamento dispone que, en función de las ofertas recibidas para cada licitación específica, se fije el importe máximo de la ayuda para la mantequilla concentrada con un contenido mínimo de materias grasas del 96 %.

(2) Para garantizar la aceptación de la mantequilla concentrada por el comercio minorista, debe constituirse una garantía de destino, prevista en el artículo 53, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1898/2005.

(3) Atendiendo a las ofertas recibidas, el importe máximo de la ayuda debe fijarse en el nivel adecuado y el importe de la garantía de destino debe fijarse en consecuencia.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Para la 17a licitación específica efectuada en el marco de la licitación permanente contemplada en el Reglamento (CE) no 1898/2005 el importe máximo de la ayuda para la mantequilla concentrada con un contenido mínimo de materias grasas del 96 %, tal como se contempla en el artículo 47, apartado 1, de dicho Reglamento, queda fijado en 19,8 EUR/100 kg.

El importe de la garantía de destino, prevista en el artículo 53, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1898/2005, queda fijado en 22 EUR/100 kg.

Artículo 2

El presente Reglamento...

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