Comunicación de la Comisión con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 4, apartado 1, letra a), del Reglamento (CEE) nº 2408/92 del Consejo Imposición de obligaciones modificadas de servicio público a determinados servicios aéreos regulares en Portugal

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Comunicación de la Comisión con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 4, apartado 1, letra a), del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo Imposición de obligaciones modificadas de servicio público a determinados servicios aéreos regulares en Portugal (2006/C 95/04) (Texto pertinente a efectos del EEE) 1. El Gobierno portugués ha procedido, con arreglo a lo dispuesto en la Comunicación de la Comisión (2005/C 304/06), publicada en el DO de la Unión Europea el 1 de diciembre de 2005, a una revisión de los precios de las tarifas relativas a las obligaciones modificadas de servicio público impuestas a los servicios aéreos regulares prestados en las siguientes rutas:

-- Lisboa/Ponta Delgada/Lisboa -- Lisboa/Terceira/Lisboa -- Lisboa/Horta/Lisboa -- Funchal/Ponta Delgada/Funchal -- Oporto/Ponta Delgada/Oporto -- Lisboa/Santa Maria/Lisboa -- Lisboa/Pico/Lisboa 2. Tarifas 1. La estructura tarifaria deberá incluir:

  1. Una tarifa de clase económica, sin restricciones, así como una gama de tarifas con condiciones y niveles adaptados a los diferentes segmentos de la demanda (turística, negocios, carga general y productos específicos, etc.).

  2. Una tarifa PEX de ida y vuelta para las conexiones entre las Azores y el terriotorio continental, de 227 euros, y una tarifa PEX de ida y vuelta para las conexiones entre las Azores y Funchal, de 167 euros.

  3. Los residentes desde hace al menos seis meses en la Región Autónoma de las Azores, en las islas con conexión directa con el continente o con Funchal, así como los residentes en la Región Autónoma de Madeira, se beneficiarán de un descuento del 33 % sobre el valor de la tarifa pública de clase económica, sin restricciones;

  4. Los estudiantes de edad igual o inferior a 26 años cuyo domicilio o centro de enseñanza esté situado en el territorio de la Región Autónoma de las Azores y acudan a centros de enseñanza o residan en otro punto del territorio nacional, se beneficiarán de un descuento del 40 % sobre el valor de la tarifa pública de clase económica, sin restricciones;

  5. Los días en que no haya enlace directo entre Funchal/Ponta Delgada/Funchal, los estudiantes de edad igual o inferior a 26 años cuyo origen o destino sea la Región Autónoma de las Azores podrán realizar el viaje pasando por Lisboa, siempre que utilicen la misma compañía aérea en todos los trayectos. Los horarios elegidos para los enlaces no podrán permitir hacer una interrupción voluntaria del viaje en Lisboa.

    La tarificación de cada...

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