Decisión de la Comisión, de 23 de junio de 2006, por la que se fija la ayuda financiera de la Comunidad para los gastos incurridos en el contexto de las medidas de emergencia tomadas contra la peste porcina clásica en Luxemburgo en 2002 [notificada con el número C(2006) 2410]

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 23 de junio de 2006 por la que se fija la ayuda financiera de la Comunidad para los gastos incurridos en el contexto de las medidas de emergencia tomadas contra la peste porcina clásica en Luxemburgo en 2002 [notificada con el número C(2006) 2410] (El texto en lengua francesa es el único auténtico) (2006/434/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a determinados gastos en el sector veterinario (1), y, en particular, su artículo 3, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1) En 2002 se declararon en Luxemburgo varios brotes de peste porcina clásica. La aparición de esta enfermedad supuso un grave peligro para la cabaña comunitaria.

(2) Para atajar la propagación de la enfermedad y contribuir a su erradicación en el plazo más breve posible, la Comunidad debe contribuir a sufragar los gastos subvencionables incurridos por el Estado miembro al adoptar medidas de emergencia contra la enfermedad, como se establece en la Decisión 90/424/CEE.

(3) En virtud de la Decisión 2003/491/CE de la Comisión, de 3 de julio de 2003, relativa a una ayuda financiera de la Comunidad para la erradicación de la peste porcina clásica en Luxemburgo en 2002 (2), se concedió a ese país una ayuda financiera de la Comunidad por los gastos efectuados en el marco de las medidas de emergencia contra la peste porcina clásica aplicadas en 2002.

(4) De conformidad con la mencionada Decisión, se concedió un primer anticipo de 500 000 EUR.

(5) De acuerdo con esa misma Decisión, el saldo de la ayuda financiera de la Comunidad debe basarse en la solicitud presentada por Luxemburgo el 17 de julio de 2003, en documentos justificativos que confirmen las cantidades indicadas en la solicitud y en los resultados de las inspecciones in situ realizadas por la Comisión. La cantidad que figuraba en la solicitud presentada por Luxemburgo ascendía a 3 253 235 EUR, pero la ayuda financiera de la Comunidad no puede ser superior al 50 % del gasto subvencionable.

(6) Habida cuenta de los elementos mencionados, procede fijar ahora la cantidad total de la ayuda financiera de la Comunidad para los gastos subvencionables realizados con vistas a la erradicación de la peste porcina clásica en Luxemburgo en 2002.

(7) Los resultados de las inspecciones efectuadas por la Comisión en cumplimiento de las normas...

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