Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2015, acompañado de la respuesta de la Agencia

SectionDiario Oficial

1.12.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 449/138

1. La Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea (conocida como «ENISA» y denominada en lo sucesivo «la Agencia»), con sede en Atenas e Irákleio (1), se creó en virtud del Reglamento (CE) n.o 460/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (2) que, tras varias modificaciones fue derogado y sustituido por el Reglamento (UE) n.o 526/2013 (3). Su misión principal consiste en reforzar la capacidad de la Unión para prevenir y dar respuesta a los problemas de seguridad de las redes y de la información apoyándose en las iniciativas a nivel nacional y europeo.

2. El cuadro presenta las cifras clave de la Agencia (4). Cuadro Cifras clave de la Agencia 2014 2015 Presupuesto (millones de euros) 10 10 Efectivos a 31 de diciembre (1) 62 69

3. El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de supervisión y control de la Agencia, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores y un análisis de las manifestaciones de la dirección.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD 4. De conformidad con las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), el Tribunal ha fiscalizado: a) las cuentas anuales de la Agencia (5), que comprenden los estados financieros y los estados sobre la ejecución presupuestaria correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2015 (6);

b) la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

5. La dirección es responsable de la preparación y la presentación fiel de las cuentas anuales de la Agencia, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes (7): a) Las funciones de la dirección respecto de las cuentas anuales de la Agencia consisten en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno propicio a la preparación y presentación fiel de unos estados financieros libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error; en seleccionar y aplicar políticas contables apropiadas y fundamentadas en las normas de contabilidad aprobadas por el contable de la Comisión (8); y en efectuar estimaciones contables razonables según las circunstancias. El director aprobará las cuentas anuales de la Agencia previamente elaboradas por el contable con arreglo a la información disponible y redactará una nota que debe acompañar a las cuentas en la que, entre otros extremos, declarará que tiene garantías razonables de que las cuentas presentan una imagen fiel y veraz de la posición financiera de la Agencia en todos sus aspectos significativos.

b) Las funciones de la dirección respecto de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes y del cumplimiento del principio de buena gestión financiera consisten en...

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