Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2015, acompañado de la respuesta de la Agencia

SectionInforme anual específico

1.12.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 449/203

1. La Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (conocida como «FRA» y en lo sucesivo denominada «la Agencia»), con sede en Viena, fue creada por el Reglamento (CEE) n.o 168/2007 del Consejo (1). Su misión consiste en proporcionar ayuda y asesoramiento a las autoridades competentes de la Unión y de los Estados miembros cuando apliquen el derecho de la Unión sobre los derechos fundamentales.

2. El cuadro presenta las cifras clave de la Agencia (2). Cuadro Cifras clave de la Agencia 2014 2015 Presupuesto (millones de euros) 21,5 21,6 Efectivos a 31 de diciembre (1) 110 107

3. El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de supervisión y control de la Agencia, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores y un análisis de las manifestaciones de la dirección.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD 4. De conformidad con las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), el Tribunal ha fiscalizado: a) las cuentas anuales de la Agencia (3), que comprenden los estados financieros y los estados sobre la ejecución presupuestaria correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2015 (4);

b) la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

5. La dirección es responsable de la preparación y la presentación fiel de las cuentas anuales de la Agencia, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes (5): a) las funciones de la dirección respecto de las cuentas anuales de la Agencia consisten en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno propicio a la preparación y presentación fiel de unos estados financieros libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error; en seleccionar y aplicar políticas contables apropiadas y fundamentadas en las normas de contabilidad aprobadas por el contable de la Comisión (6); y en efectuar estimaciones contables razonables según las circunstancias. El director aprobará las cuentas anuales de la Agencia previamente elaboradas por el contable con arreglo a la información disponible y redactará una nota que debe acompañar a las cuentas en la que, entre otros extremos, declarará que tiene garantías razonables de que las cuentas presentan una imagen fiel y veraz de la posición financiera de la Agencia en todos sus aspectos significativos;

b) las...

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