Informe sobre las cuentas anuales de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria correspondientes al ejercicio 2015, acompañado de la respuesta de la Autoridad

SectionInforme anual específico

1.12.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 449/97

1. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (conocida como «EFSA» y denominada en lo sucesivo «la Autoridad»), con sede en Parma, se creó en virtud del Reglamento (CE) n.o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (1). Su misión consiste en facilitar la información científica necesaria para la elaboración de la normativa de la Unión relativa a los alimentos y la seguridad de estos, así como en obtener y analizar los datos que permitan caracterizar y controlar los riesgos e informar de modo independiente sobre los mismos.

2. El cuadro presenta las cifras clave de la Autoridad (2). Cuadro Cifras clave de la autoridad 2014 2015 Presupuesto (millones de euros) (1) 79,9 78,8 Efectivos a 31 de diciembre (2) 442 434

3. El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de supervisión y control de la Autoridad, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores y un análisis de las manifestaciones de la dirección.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD 4. De conformidad con las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), el Tribunal ha fiscalizado: a) las cuentas anuales de la Autoridad, que comprenden los estados financieros (3) y los estados sobre la ejecución presupuestaria (4) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2015;

b) la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

5. La dirección es responsable de la preparación y la presentación fiel de las cuentas anuales de la Autoridad, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes (5): a) Las funciones de la dirección respecto de las cuentas anuales de la Autoridad consisten en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno propicio a la preparación y presentación fiel de unos estados financieros libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error, en seleccionar y aplicar políticas contables apropiadas y fundamentadas en las normas de contabilidad aprobadas por el contable de la Comisión (6) y en efectuar estimaciones contables razonables según las circunstancias. El director ejecutivo aprobará las cuentas anuales de la Autoridad previamente elaboradas por el contable con arreglo a la información disponible y redactará una nota en la que, entre otros extremos, declarará que tiene garantías razonables de que las cuentas presentan una...

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