Informe sobre las cuentas anuales de la Empresa Común para las Bioindustrias correspondientes al ejercicio 2017 acompañado de la respuesta de la Empresa Común

SectionInforme anual específico

14.12.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 452/10

Apartado Página INTRODUCCIÓN 1-10 11 Creación de la Empresa Común para las Bioindustrias 1-2 11 Gobernanza 3-5 11 Objetivos 6 11 Recursos 7-9 11 Evaluación de la Comisión 10 12 OPINIONES 11-23 12 Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas 12 12 Opinión sobre la legalidad y regularidad de los ingresos subyacentes a las cuentas 13 12 Opinión sobre la legalidad y regularidad de los pagos subyacentes a las cuentas 14 12 Responsabilidades de la dirección y de los encargados de la gobernanza 15-17 12 Responsabilidades del auditor en la fiscalización de las cuentas y operaciones subyacentes 18-23 13 GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA 24-30 13 Ejecución del presupuesto de 2017 24 13 Ejecución presupuestaria plurianual en el marco de Horizonte 2020 25-30 14 CONTROLES INTERNOS 31-35 14 Marco de control interno 31-34 14 Convocatorias de propuestas de 2016 35 15 OTROS ASUNTOS 36 15 Apalancamiento de las aportaciones de los miembros del sector 36 15 INFORMACIÓN SOBRE LA EVALUACIÓN DE LA COMISIÓN 37-38 15 RESPUESTA DE LA EMPRESA COMÚN 17

  1. La Empresa Común para las Bioindustrias (BBI), con sede en Bruselas, se creó en mayo de 2014 (1) por un período de diez años y comenzó a funcionar de manera autónoma el 26 de octubre de 2015.

  2. La Empresa Común BBI es una asociación público-privada que opera en el sector de las bioindustrias. Los miembros fundadores son la Unión Europea (UE), representada por la Comisión, y los miembros del sector representados por el Consorcio de Bioindustrias (BIC).

  3. La gobernanza de la Empresa Común se estructura a través del consejo de administración, el director ejecutivo, el comité científico y el grupo de representantes de los Estados, entre otros órganos.

  4. El consejo de administración está compuesto por cinco representantes de la Comisión, en nombre de la UE, y cinco representantes de los miembros que no forman parte de la Unión. Al menos uno de ellos debería ser un representante de las pequeñas y medianas empresas (pymes). El consejo de administración asume la responsabilidad general de trazar la orientación estratégica y llevar a cabo las operaciones de la Empresa Común, además de supervisar la ejecución de sus actividades. El director ejecutivo es el responsable de la gestión ordinaria de la Empresa Común.

  5. El comité científico y el grupo de representantes de los Estados son órganos consultivos. El comité científico asesora acerca de las prioridades científicas que se han de abordar en los planes anuales de trabajo de la Empresa Común. El grupo de representantes de los Estados formula una serie de opiniones sobre las cuestiones estratégicas y la consecución de los objetivos.

  6. La Empresa Común BBI tiene por objeto llevar a cabo un programa de actividades de investigación e innovación en Europa donde se evaluará la existencia de recursos biológicos renovables que puedan utilizarse para la producción de biomateriales y, sobre esta base, apoyar la creación de cadenas de valor sostenibles de bioproductos. Estas actividades deberán desarrollarse mediante la colaboración entre las partes interesadas a lo largo de la cadena de valor de los bioproductos, incluida la producción primaria y las industrias transformadoras, marcas de consumo, las pymes, centros de investigación y tecnología, y universidades.

  7. La aportación financiera de la UE a las actividades de la Empresa Común BBI es de un máximo de 975 millones de euros con cargo al programa Horizonte 2020 (2). Los miembros sectoriales de la Empresa Común aportarán recursos por un valor mínimo de 2 730 millones de euros a lo largo de toda la vida de dicha empresa (3). De este importe, tendrán que aportar un mínimo de 182,5 millones de euros en concepto de aportaciones dinerarias, que se destinarán a cubrir las operaciones de la Empresa Común, y sufragar gastos de un mínimo de 1 755 millones de euros en la ejecución de otras actividades adicionales no incluidas en el plan de trabajo de la Empresa Común (4).

  8. Los gastos administrativos de la Empresa Común no podrán superar los 58,5 millones de euros y se sufragarán mediante aportaciones financieras que se dividirán por partes iguales cada año entre la UE y los miembros sectoriales (5).

  9. En el ejercicio 2017, el presupuesto definitivo de la Empresa Común ascendió a 91,6 millones de euros (en 2016 fue de 66 millones de euros). A 31 de diciembre de 2017, la Empresa Común contaba con 20 efectivos en plantilla (en 2016, contaba con 20) (6).

  10. La Comisión completó en junio de 2017 la evaluación intermedia de las actividades de la Empresa Común, seguida de un plan de acción preparado por esta empresa para abordar las recomendaciones realizadas en la evaluación. En esta ocasión, se incluye una sección relacionada con el plan de acción de la Empresa Común como respuesta a la evaluación intermedia, que está destinada exclusivamente a fines informativos y no forma parte de las observaciones o la opinión de auditoría del Tribunal.

    OPINIONES 11. El Tribunal ha fiscalizado: a) las cuentas de la Empresa Común, que comprenden los estados financieros (7) y los estados sobre la ejecución presupuestaria (8) correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017;

    1. la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas, de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

  11. En opinión del Tribunal, las cuentas de la Empresa Común correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017 presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de la Empresa Común a 31 de diciembre de 2017 (los resultados de sus operaciones, los flujos de tesorería y los cambios en los activos netos del ejercicio finalizado a dicha fecha) conforme a lo dispuesto en su reglamento financiero y en las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión. Estas últimas están basadas en las normas de contabilidad aceptadas internacionalmente para el sector público.

  12. En opinión del Tribunal, los ingresos subyacentes a las cuentas del ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2017 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

  13. En opinión del Tribunal, los pagos subyacentes a las cuentas del ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2017 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

  14. De conformidad con los artículos 310 a 325 del TFUE y con el reglamento financiero de la Empresa Común, la dirección es responsable de la preparación y presentación de las cuentas basada en las normas de...

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