Informe sobre las cuentas anuales de la Empresa Común Shift-2-Rail correspondientes al ejercicio 2017, acompañado de la respuesta de la Empresa Común

SectionInforme anual específico

14.12.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 452/76

Apartados Página INTRODUCCIÓN 1-12 77 Creación de la Empresa Común Shift2Rail 1-2 77 Gobernanza 3-6 77 Objetivos 7-8 77 Recursos 9-11 78 Evaluación de la Comisión 12 78 OPINIÓN 13-25 78 Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas 14 78 Opinión sobre la legalidad y regularidad de los ingresos subyacentes a las cuentas 15 79 Opinión sobre la legalidad y regularidad de los pagos subyacentes a las cuentas 16 79 Responsabilidades de la dirección y de los encargados de la gobernanza 17-19 79 Responsabilidades del auditor en la fiscalización de las cuentas y operaciones subyacentes 20-25 79 GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA 26-32 80 Ejecución del presupuesto de 2017 26-27 80 Ejecución presupuestaria plurianual en el marco de Horizonte 2020 28-32 80 CONTROLES INTERNOS 33-37 81 Marco de control interno 33-36 81 Procedimientos de contratación pública 37 81 OTRAS CUESTIONES 38 81 Apalancamiento de las aportaciones de los miembros del sector 38 81 INFORMACIÓN SOBRE LAS EVALUACIONES DE LA COMISIÓN 39-40 81 ANEXO– SEGUIMIENTO DE LOS COMENTARIOS DEL EJERCICIO ANTERIOR

  1. La Empresa Común Shift2Rail, con sede en Bruselas, se creó en junio de 2014 (1) por un período de diez años y comenzó a funcionar de manera autónoma el 24 de mayo de 2016, por lo que las cuentas de este año constituyen el segundo bloque de sus estados financieros que audita el Tribunal.

  2. La Empresa Común es una asociación público-privada del sector ferroviario, y sus miembros fundadores son la Unión Europea (UE), representada por la Comisión, y los socios de la industria ferroviaria (las principales partes interesadas, como fabricantes de equipos ferroviarios, empresas ferroviarias, administradores de infraestructuras y centros de investigación). También pueden participar en la Empresa Común otras entidades en calidad de miembros asociados.

  3. La estructura de gobernanza de la Empresa Común está compuesta por el Consejo de Administración, el director ejecutivo, el comité científico y el grupo de representantes de los Estados.

  4. El Consejo de Administración, que se compone de veintidós miembros, entre los que se cuentan dos representantes de la Comisión y un representante de cada miembro de la industria, se encarga de la orientación estratégica y de las operaciones de la Empresa Común y supervisa la realización de sus actividades. El director ejecutivo, por su parte, se ocupa de la gestión ordinaria de la Empresa Común.

  5. El comité científico y el grupo de representantes de los Estados son órganos consultivos: el primero asesora a la Empresa Común sobre las prioridades científicas y tecnológicas que se abordarán en sus programas de trabajo anuales, y el segundo representa a los Estados miembros de la UE y a los países asociados con el Programa Marco de Investigación Horizonte 2020. El grupo puede emitir dictámenes sobre las orientaciones estratégicas de la Empresa Común y sobre los vínculos entre las actividades de la misma e importantes programas de investigación e innovación, tanto nacionales como regionales.

  6. Asimismo, los Estatutos de la Empresa Común disponen lo siguiente: — la Agencia Ferroviaria de la Unión Europea asesorará a la Empresa Común y, de este modo, contribuirá en la definición y la ejecución de sus planes de trabajo para garantizar que las actividades de la Empresa Común conllevan el desarrollo de normas técnicas con miras a garantizar la interoperabilidad y la seguridad;

    — se crearán comités directores de programas de innovación, constituidos por representantes de los miembros fundadores y asociados, así como de la Oficina del Programa de la Empresa Común. Estos comités serán responsables del asesoramiento técnico y la ejecución de cada programa de innovación;

    — se podrán establecer grupos de expertos que asistan a la Empresa Común en la ejecución de sus tareas.

  7. La Empresa Común se concibió como una plataforma en la que los miembros del sector ferroviario trabajen de forma conjunta para impulsar la innovación en ese ámbito para aumentar la competitividad del sistema ferroviario y reforzar el sistema de transporte ferroviario en Europa. Una iniciativa clave para la consecución de este objetivo es la creación de un espacio ferroviario europeo único (2).

  8. El objetivo de la Empresa Común es desarrollar, integrar, demostrar y validar tecnologías y soluciones innovadoras que se atengan a normas de seguridad estrictas con el fin de lograr: — una reducción del 50 % del coste del ciclo de vida del transporte ferroviario;

    — un aumento del 100 % de la capacidad del sistema de transporte ferroviario;

    — un aumento del 50 % de la fiabilidad y puntualidad de los servicios ferroviarios;

    — la eliminación de los obstáculos técnicos existentes en términos de interoperabilidad y eficiencia;

    — la reducción de las externalidades negativas vinculadas al transporte ferroviario, en particular el ruido, las vibraciones, las emisiones y otras repercusiones medioambientales.

  9. La contribución financiera máxima de la UE a las actividades de la Empresa Común en el marco de Horizonte 2020 será de 450 millones de euros. Este importe incluye 52 millones de euros destinados al programa de trabajo de transporte Horizonte 2020 para 2014-2015 (proyectos insignia) gestionados, hasta la fecha, por la Comisión Europea, por lo que el importe asignado a la Empresa Común S2R ascendió a 398 millones de euros (3). Los miembros de la industria de la Empresa Común deberán contribuir con recursos que asciendan como mínimo a 470 millones de euros (4), de los cuales 350 millones de euros serán contribuciones en especie y en efectivo a las actividades operativas y a los costes administrativos de la Empresa Común, y los 120 millones de euros restantes consistirán en contribuciones en especie a las actividades complementarias (5).

  10. Los gastos administrativos de la Empresa Común no deberán superar los 27 millones de euros y se sufragarán mediante contribuciones en efectivo que se dividirán por partes iguales cada año entre la UE y los miembros de la industria (6).

  11. En 2017, el presupuesto definitivo de la Empresa Común ascendió a 44,1 millones de euros (2016: 52,3). A 31 de diciembre de 2017, la Empresa Común contaba con 19 efectivos (2016: 17). El presupuesto final para 2017 fue inferior como consecuencia directa de la confirmación de la Comisión Europea de que seguiría administrando los proyectos insignia (7).

  12. La Comisión completó la evaluación intermedia de las actividades de la Empresa Común en junio de 2017. Seguidamente, la Empresa Común elaboró un plan de acción para abordar las recomendaciones formuladas en la evaluación. En esta ocasión, en el informe del Tribunal se incluye una sección relativa al plan de acción de la Empresa Común como respuesta a la evaluación intermedia, que está destinada exclusivamente a fines informativos y no forma parte de las observaciones o el dictamen de auditoría del Tribunal.

    OPINIÓN 13. El Tribunal ha fiscalizado: a) las...

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