Informe sobre las cuentas anuales de la Oficina Europea de Policía correspondientes al ejercicio 2015, acompañado de la respuesta de la Oficina

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1.12.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 449/198

1. La Oficina Europea de Policía (conocida como «Europol» y denominada en lo sucesivo «la Oficina»), con sede en La Haya, se creó en virtud de la Decisión n.o 2009/371/JAI del Consejo) (1). Su misión consiste en apoyar y reforzar la actuación de las autoridades policiales y de los demás servicios con funciones coercitivas de los Estados miembros, así como su colaboración mutua en la prevención de la delincuencia grave que afecte a dos o más Estados miembros, del terrorismo y de las formas de delincuencia que lesionen un interés común que sea objeto de una política de la Unión, así como en la lucha en contra de ellos.

2. El cuadro presenta las cifras clave de la Oficina (2). Cuadro Cifras clave de la oficina 2014 2015 Presupuesto (millones de euros) 84 95 Efectivos a 31 de diciembre (1) 574 666

3. El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de supervisión y control de la Oficina, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores y un análisis de las manifestaciones de la dirección.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD 4. De conformidad con las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), el Tribunal ha fiscalizado: a) las cuentas anuales de la Oficina, que comprenden los estados financieros (3) y los estados sobre la ejecución presupuestaria (4) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2015;

b) la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

5. La dirección es responsable de la preparación y la presentación fiel de las cuentas anuales de la Oficina, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes (5): a) Las funciones de la dirección respecto de las cuentas anuales de la Oficina consisten en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno propicio a la preparación y presentación fiel de unos estados financieros libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error, en seleccionar y aplicar políticas contables apropiadas y fundamentadas en las normas de contabilidad aprobadas por el contable de la Comisión (6) y en efectuar estimaciones contables razonables según las circunstancias. El director aprobará las cuentas anuales de la Oficina previamente elaboradas por el contable con arreglo a la información disponible y redactará una nota que debe acompañar a las cuentas en la que, entre otros extremos, declarará que tiene...

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