Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Ferroviaria Europea correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Agencia

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 338/103

INFORME

sobre las cuentas anuales de la Agencia Ferroviaria Europea correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Agencia

(2010/C 338/18)

ÍNDICE

Apartados Página

INTRODUCCIÓN . . . 1-2 104

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3-12 104

COMENTARIOS SOBRE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA . . . . . . . . . . . . . . . 13-17 105

Cuadro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 106

Respuestas de la Agencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 107

ES Diario Oficial de la Unión Europea 14.12.2010

INTRODUCCIÓN

La Agencia Ferroviaria Europea (en lo sucesivo denominada «la Agencia»), con sede en Lille/Valenciennes, se creó en virtud del Reglamento (CE) n o 881/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004 ( 1

). Su misión consiste en aumentar el grado de interoperabilidad de los sistemas ferroviarios y en desarrollar una estrategia común en materia de seguridad con vistas a contribuir a la creación de un sector ferroviario europeo más competitivo con un elevado nivel de seguridad ( 2

).

Funciones del Tribunal

  1. El Tribunal debe emitir, basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Agencia y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

  2. El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y los códigos deontológicos de la IFAC y las ISSAI ( 10 ). Estas normas exigen que el Tribunal cumpla con las exigencias deontológicas y que planifique y lleve a cabo la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas estén libres de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares.

  3. La fiscalización del Tribunal implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener pruebas de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes. La selección de estos procedimientos depende de su criterio profesional, basado en la valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones materiales u operaciones ilegales o irregulares, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, se tiene en cuenta el control interno aplicado por la entidad en la preparación y presentación de las cuentas con el fin de concebir procedimientos de auditoría adecuados a las circunstancias. Al realizar su fiscalización, el Tribunal evaluará asimismo la idoneidad de las políticas contables utilizadas, el carácter razonable de las estimaciones contables de la dirección y la presentación general de las cuentas.

  4. El Tribunal considera que las pruebas de auditoría obtenidas son suficientes y adecuadas para emitir las opiniones que se exponen a continuación.

    El presupuesto de 2009 de la Agencia se elevó a 21 millones de euros, frente a los 18 millones de euros de 2008. El número de personas empleadas por la Agencia al término del ejercicio ascendía a 127, frente a las 113 del ejercicio anterior.

    DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

    De conformidad con el artículo 287, apartado 1, párrafo segundo, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Tribunal ha fiscalizado las cuentas anuales ( 3

    ) de la Agencia, que comprenden los «estados financieros» ( 4 ) y los «estados sobre la ejecución presupuestaria» ( 5

    ) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2009, así como la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

    La presente declaración de...

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