Informe final del consejero auditor — Setas y champiñones (Riberebro) (AT.39965)

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3.3.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 67/4

Este caso se refiere a una infracción del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y del artículo 53 del Acuerdo sobre el EEE, consistente en una coordinación de precios y una asignación de clientes para las setas y champiñones en conserva en todo el EEE entre el 1 de septiembre de 2010 y el 28 de febrero de 2012. La Comisión ya adoptó, el 25 de junio de 2014, una decisión dirigida a ocho entidades jurídicas (las cuales constituyen tres empresas) que optó por el procedimiento de transacción en casos de cartel (2). El presente proyecto de decisión se dirige a Grupo Riberebro Integral SL y a Riberebro Integral S.A.U. (denominadas conjuntamente «Riberebro»), que no presentaron escritos de transacción.

El 27 de mayo de 2015, la Comisión adoptó un Pliego de Cargos en contra de Riberebro, que fue notificado a esta al día siguiente. El 3 de junio de 2015 se facilitó a Riberebro un CD-ROM, que contenía los documentos escritos del expediente de investigación de la Comisión, y se le concedió un límite de tiempo de seis semanas para responder al Pliego de Cargos.

En su respuesta al Pliego de Cargos, Riberebro afirmó que no impugnaba la descripción de los hechos ni la valoración jurídica realizada por la Comisión en el mismo, pero sí presentaba alegaciones respecto al nivel adecuado de la multa. Riberebro no solicitó una audiencia.

De conformidad con el artículo 16 de la Decisión 2011/695/UE, he examinado si el proyecto de Decisión se refiere únicamente a objeciones...

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