Informe final del Consejero Auditor — T-Mobile NL/Tele2 NL (Asunto M.8792)

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2.5.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 150/3

  1. El 2 de mayo de 2018, la Comisión recibió una notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento de Operaciones de Concentración, de un proyecto de concentración por el cual Deutsche Telekom AG («DT»), a través de su filial de titularidad plena indirecta T-Mobile Netherlands Holding B.V. (TMNL), adquiriría, a tenor del artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de Operaciones de Concentración (2), el control exclusivo de la empresa Tele2 Netherlands Holding NV («Tele2 NL») («proyecto de operación»). Para los fines del presente informe final, DT, TMNL y Tele2 NL se denominan conjuntamente «partes».

  2. La primera fase de la investigación de la de la Comisión generó dudas sustanciales sobre la compatibilidad del proyecto de operación con el mercado interior en lo que respectaba al mercado de servicios minoristas de telecomunicaciones móviles y al mercado de servicios mayoristas de acceso y originación de llamadas de los Países Bajos. El 12 de junio de 2018, la Comisión adoptó la Decisión por la que se incoaba un procedimiento con arreglo al artículo 6, apartado 1, letra c), del Reglamento de Operaciones de Concentración. El 27 de junio de 2018, DT presentó sus observaciones por escrito sobre dicha Decisión.

  3. El 12 de septiembre de 2018, la Comisión adoptó un pliego de cargos que se notificó a DT ese mismo día. Tele2 NL recibió una copia (expurgada) del pliego de cargos. De conformidad con el pliego de cargos, la Comisión estimaba en un primer análisis que el proyecto de operación obstaculizaría significativamente la competencia efectiva en una parte sustancial del mercado interior, a tenor del artículo 2, apartado 3, del Reglamento de Operaciones de Concentración, de resultas de efectos horizontales no coordinados en el mercado general de servicios minoristas de telecomunicaciones móviles de los Países Bajos, así como en el segmento del mercado de servicios minoristas de telecomunicaciones móviles para clientes particulares de los Países Bajos.

  4. La Dirección General de Competencia («DG Competencia») dio de plazo hasta el 26 de septiembre de 2018 para responder al pliego de cargos. La DG Competencia prorrogó el plazo hasta el 28 de septiembre de 2018. El 28 de septiembre de 2018 las partes respondieron al pliego de cargos. En su respuesta al pliego de cargos, las partes solicitaron una audiencia.

  5. Las partes tuvieron acceso al expediente por primera vez...

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