Decisión de la Comisión, de 12 de diciembre de 2008, por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, una lista inicial de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica estépica [notificada con el número C(2008) 8066]

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 12 de diciembre de 2008

por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, una lista inicial de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica estépica

[notificada con el número C(2008) 8066]

(2008/966/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (1), y, en particular, su artículo 4, apartado 2, párrafo tercero,

Considerando lo siguiente:

(1) La región biogeográfica estépica, según se contempla en el artículo 1, letra c), inciso iii), de la Directiva 92/43/CEE, comprende partes del territorio de Rumanía, según se especifica en el mapa biogeográfico aprobado el 20 de abril de 2005 por el Comité creado en virtud del artículo 20 de dicha Directiva, en lo sucesivo denominado «el Comité de Hábitats».

(2) Es necesario avanzar, dentro del proceso iniciado en 1995, en el establecimiento concreto de la red Natura 2000, fundamental para la protección de la biodiversidad en la Comunidad.

(3) De conformidad con el artículo 4, apartado 1, de la Directiva 92/43/CEE, Rumanía remitió a la Comisión en octubre de 2007 las listas de lugares correspondientes a la región biogeográfica estépica propuestos como lugares de importancia comunitaria con arreglo al artículo 1 de dicha Directiva.

(4) Las listas de los lugares propuestos iban acompañadas de información relativa a cada lugar, consignada en el formulario establecido por la Decisión 97/266/CE de la Comisión, de 18 de diciembre de 1996, relativa a un formulario de información sobre un espacio propuesto para su inclusión en la red Natura 2000 (2).

(5) Dicha información incluye el mapa más reciente y definitivo del lugar remitido por el Estado miembro interesado, su denominación, su ubicación y su superficie, así como los datos resultantes de la aplicación de los criterios que se especifican en el anexo III de la Directiva 92/43/CEE.

(6) Procede adoptar la lista de espacios seleccionados como lugares de importancia comunitaria sobre la base del proyecto de lista confeccionado por la Comisión de acuerdo con el Estado miembro interesado, en el que se recogen además los lugares que albergan tipos de hábitats naturales prioritarios o especies prioritarias.

(7) Los conocimientos sobre la existencia y distribución de...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT