Resolución del Consejo, de 17 de diciembre de 1998, sobre las instrucciones de uso de los bienes de consumo técnicos

SectionResolution
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

I (Comunicaciones) CONSEJO RESOLUCI N DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 1998 sobre las instrucciones de uso de los bienes de consumo t cnicos (98/C 411/01) EL CONSEJO DE LA UNI N EUROPEA,

Vista la Resoluci n del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre futuras medidas de etiquetado de productos para la protecci n del consumidor ( ), (1) Considerando que favorecer los intereses de los consumidores y garantizar a stos un nivel de protecci n elevado implica, entre otras cosas, la protecci n de su salud y su seguridad;

(2) Considerando que los consumidores tienen derecho a que se les facilite la informaci n acerca de los problemas de seguridad que les permita valorar los riesgos inherentes a un producto y tomar precauciones contra los mismos;

(3) Considerando que la protecci n de los intereses econ micos requiere que los consumidores de bienes t cnicos tengan acceso a una informaci n destinada al usuario que sea adecuada para garantizar un uso correcto y completo de dichos productos;

(4) Considerando que unas instrucciones de uso inadecuadas pueden afectar a la presentaci n de los productos y constituir un elemento que se deba tener en cuenta junto con todas las dem s circunstancias pertinentes cuando se considere la posible naturaleza defectuosa de los bienes; que en este contexto debe tenerse en cuenta la experiencia adquirida gracias a la Directiva 85/374/CEE del Consejo, de 25 de julio de 1985, relativa a la aproximaci n de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de responsabilidad por los da os causados por productos defectuosos ( );

( ) DO C 110 de 20.4.1993, p. 1.

( ) DO L 210 de 7.8.1985, p. 29.

(5) Considerando que, a la vista de la variedad cada vez mayor de art culos disponibles en el mercado, as como de la frecuencia de las innovaciones impulsadas por el progreso t cnico, las instrucciones de uso de los bienes de consumo t cnicos con frecuencia son percibidas por los consumidores como inadecuadas tanto por su falta de claridad y por las dificultades ling sticas que presentan, debido a traducciones deficientes o a la utilizaci n de terminolog a demasiado compleja, como por su falta de estructura y por su contenido inadecuado; que el uso del lenguaje adecuado es fundamental para la claridad y facilidad de empleo de las instrucciones de uso;

(6) Considerando que el problema de las instrucciones de uso se trata en disposiciones vinculantes del Derecho comunitario en mbitos en que la protecci n de la salud y la seguridad humanas son especialmente pertinentes (en particular, los medicamentos, la maquinaria, los juguetes, los equipos de baja tensi n, los aparatos de gas y los equipos de protecci n), con objeto de garantizar el cumplimiento de los requisitos esenciales correspondientes;

(7) Considerando que no existe legislaci n comunitaria que trate de manera global los aspectos particulares de las instrucciones de uso de los bienes de consumo t cnicos;

(8) Considerando que, en una econom a de mercado, corresponde a los productores y distribuidores satisfacer la necesidad general de unas instrucciones de uso adecuadas, teniendo en cuenta las exigencias de la demanda y fomentando la aplicaci n de la mejor pr ctica mediante el di logo y la cooperaci n con las...

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