Orientación del Banco Central Europeo, de 4 de marzo de 2010, por la que se modifica la Orientación BCE/2000/7 sobre los instrumentos y procedimientos de la política monetaria del Eurosistema (BCE/2010/1)

SectionOrientación
Issuing OrganizationBanco Central Europeo

L 63/22 Diario Oficial de la Unión Europea 12.3.2010

ES

ORIENTACIONES ORIENTACIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 4 de marzo de 2010

por la que se modifica la Orientación BCE/2000/7 sobre los instrumentos y procedimientos de la política monetaria del Eurosistema

(BCE/2010/1)

(2010/154/UE)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, el artículo 127, apartado 2, primer guión,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo (en lo sucesivo, «los Estatutos del SEBC»), y, en particular, los artículos 12.1 y 14.3, leídos en relación con el artículo 3.1, primer guión, el artículo 18.2 y el artículo 20, primer párrafo,

Considerando lo siguiente:

(1) La consecución de una política monetaria única exige determinar los instrumentos y los procedimientos que deba utilizar el Eurosistema, formado por los bancos centrales nacionales (BCN) de los Estados miembros cuya moneda es el euro (en lo sucesivo, «los Estados miembros participantes») y el Banco Central Europeo (BCE), para ejecutar esa política de manera uniforme en todos los Estados miembros participantes.

(2) La reciente evolución de los mercados de bonos de titulización de activos hizo necesario modificar el sistema de evaluación del crédito del Eurosistema (ECAF) para asegurar el cumplimiento del requisito de elevada calidad crediticia de los activos admisibles del Eurosistema. Concretamente, es necesario modificar los requisitos de calidad crediticia para que los bonos de titulización puedan utilizarse en las operaciones de crédito del Eurosistema cumpliéndose la exigencia del artículo 18.1 de los Estatutos del SEBC de que las operaciones de crédito con entidades de crédito y demás participantes en el mercado se basen en garantías adecuadas desde el punto de vista de la política monetaria del Eurosistema. Además de estos objetivos, las modificaciones pretenden contribuir a restablecer el correcto funcionamiento del mercado de los bonos de titulización.

(3) A fin de aplicar la decisión del Consejo de Gobierno del BCE de 22 de octubre de 2009, es preciso modificar la Orientación BCE/2000/7, de 31 de agosto de 2000, sobre los instrumentos y procedimientos de la política monetaria del Eurosistema

( 1 ).

HA ADOPTADO LA PRESENTE ORIENTACIÓN:

Artículo 1

Modificaciones del anexo I de la Orientación BCE/2000/7

En la sección 6.3.2, a continuación...

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