Asunto T-48/05: Recurso interpuesto el 28 de enero de 2005 por Yves Franchet y Daniel Byk contra la Comisión de las Comunidades Europeas

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Recurso interpuesto el 31 de enero de 2005 contra el Parlamento Europeo por Pilar Ange Serrano y otros (Asunto T-47/05) (2005/C 93/67) (Lengua de procedimiento: francés) En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado 31 de enero de de 2005 un recurso contra el Parlamento Europeo formulado por Pilar Ange Serrano, con domicilio en Luxemburgo, Jean-Marie Bras, con domicilio en Luxemburgo, Dominiek Decoutere, con domicilio en Wolwelange (Luxemburgo), Armin Hau, con domicilio en Luxemburgo, Adolfo Orcajo Teresa, con domicilio en Bruselas y Francisco Javier Solana Ramos, con domicilio en WoluweSaint-Lambert (Bélgica), representados por Me Eric Boigelot, abogado.

Los demandantes solicitan al Tribunal de Primera Instancia que:

-- Anule la decisión sobre la nueva clasificación en grado de los demandantes, que les ha sido comunicada, respectivamente, mediante escrito fechado y no firmado procedente del Director General de Personal.

-- Anule cualquier acto que sea consecuencia de dicha decisión y/o que se refiera a la misma, incluso si se produce con posterioridad al presente recurso.

-- Condene al Parlamento Europeo al pago de una indemnización por daños y perjuicios, valorados ex æquo et bono en 60 000 euros por cada demandante, sin perjuicio de su incremento y/o reducción durante la sustanciación del procedimiento.

-- En cualquier caso, condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones Todos los demandantes son funcionarios del Parlamento Europeo, aprobados de concursos de paso de categoría (de la categoría D a la categoría C, o de la categoría C a la categoría B) con anterioridad a la entrada en vigor, el 1 de mayo de 2004, de la reforma del Estatuto. Alegan que su nueva clasificación en grado con arreglo al nuevo Estatuto es menos favorable para ellos de la que habrían obtenido si no hubiesen aprobado los concursos de que se trata.

En apoyo de su recurso, los demandantes invocan en primer lugar una excepción de ilegalidad contra el Reglamento 723/2004 (1 ) por el que se modifica el Estatuto, basada en supuestas vulneraciones de la obligación de motivación y de los principios de seguridad jurídica, de confianza legítima, de proporcionalidad y de igualdad de trato. Alegan también que el Parlamento Europeo, al adoptar las decisiones impugnadas, no respetó ni su deber de asistencia y protección ni el principio de buena administración.

(1 ) Reglamento (CE, Euratom) no 723/2004 del Consejo, de...

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