Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 30 de mayo de 2002 en el asunto C-376/01: Comisión de las Comunidades Europeas contra Irlanda ('Incumplimiento de Estado No adaptación del Derecho interno a la Directiva 98/8/CE')

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

C 169/12 ES 13.7.2002Diario Oficial de las Comunidades Europeas Sr. M. Fiorilli), que tiene por objeto que se declare que la no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a esta Direc-Repu¥blica Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 98/101/CE de la Comisio¥n, tiva y, en cualquier caso, al no haber comunicado dichas disposiciones a la Comisio¥n, el Tribunal de Justicia (Salade 22 de diciembre de 1998, por la que se adapta al progreso tÈcnico la Directiva 91/157/CEE del Consejo relativa a las pilas Primera), integrado por los Sres. P. Jann, Presidente de Sala,

M. Wathelet (Ponente) y A. Rosas, Jueces; Abogado General:y a los acumuladores que contengan determinadas materias peligrosas (DO 1999, L 1, p. 1), al no haber adoptado Sr. F.G. Jacobs; Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 16 de mayo de 2002 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la citada Directiva o, en cualquier caso, al no haber comunicado dichas 1) Declarar que el Gran Ducado de Luxemburgo ha incumplido disposiciones a la Comisio¥n, el Tribunal de Justicia (Sala las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 98/ Tercera), integrado por la Sra. F. Macken, Presidenta de Sala, y 8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero los Sres. C. Gulmann (Ponente) y J.-P. Puissochet, Jueces; de 1998, relativa a la comercializacio¥n de biocidas, al no haber Abogado General: Sr. D. Ruiz-Jarabo Colomer; Secretario: Sr. adoptado dentro del plazo sen~alado las disposiciones legales,

R. Grass, ha dictado el 30 de mayo de 2002 una sentencia reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplicuyo fallo es el siguiente: miento a esta Directiva.

1) Declarar que la Repu¥blica Italiana ha incumplido las obligacio- 2) Condenar en costas al Gran Ducado de Luxemburgo.

nes que le incumben en virtud de la Directiva 98/101/CE de la Comisio¥n, de 22 de diciembre de 1998, por la que se adapta al (1) DO C 317 de 10.11.2001.progreso tÈcnico la Directiva 91/157/CEE del Consejo relativa a las pilas y a los acumuladores que contengan determinadas materias peligrosas, al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la citada Directiva.

2) Condenar en costas a la Repu¥blica...

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