2002/C 134 E/193E-3056/01 de Isidoro Sánchez García a la Comisión Asunto: Garantía de accesibilidad aérea para las islas y regiones ultraperiféricas en la actual crisis aérea internacional

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Respuesta común a las preguntas escritas E-3049/01 y E-3050/01 dada por la Sra. Diamantopoulou en nombre de la Comisión (6 de diciembre de 2001) La Comisión desea subrayar que una cuestión tan compleja como la aplicación de un control y una vigilancia adecuados por parte de los Estados miembros, conforme al apartado 2 del artículo 4 de la Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo (1 ), no puede dilucidarse sin contar con información detallada y completa al respecto (en el caso planteado por Su Señoría, sobre el supuesto mal funcionamiento del sistema griego).

La Comisión envió una carta al Gobierno griego en la que solicitaba información relativa a la aplicación de medidas destinadas a promover la mejora de la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. En respuesta a esta carta, el Gobierno griego transmitió algunos datos, que deberán, sin embargo, completarse para que la Comisión pueda estar en condiciones de verificar el funcionamiento de las actividades de control y vigilancia de las autoridades griegas. El 2 de agosto de 2001 se envió al Gobierno griego otra carta, en la que se solicitaban, entre otros datos, estadísticas sobre el número de procedimientos judiciales incoados en el ámbito de la salud y la seguridad en el trabajo y sobre las penas impuestas, información más completa sobre los métodos de la inspección de trabajo (por ejemplo, cómo se seleccionan las empresas que van a ser inspeccionadas, cómo se llevan a cabo las inspecciones, si existe un sistema de seguimiento de las mismas y las medidas adoptadas una vez concluidas), y una descripción detallada del sistema de control interno de la inspección de trabajo. Las preguntas que plantea Su Señoría en relación con las denuncias presentadas contra las empresas, las penas impuestas y su naturaleza corresponden a algunas de las informaciones solicitadas por la Comisión en la referida carta.

Las autoridades griegas respondieron por carta de 9 de noviembre de 2001. La Comisión está estudiando esta respuesta y adoptará al respecto las medidas que considere oportunas.

El demandante fue informado del estado en que se encontraba la tramitación del expediente por carta de 1 de agosto de 2001, a la que hace referencia Su Señoría. En esta carta se pedía igualmente al demandante que facilitara, en su caso, otras informaciones.

(1 ) DO L 183...

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