Dictamen del Comité de las Regiones sobre Tarifas justas por el uso de infraestructuras: Estrategia gradual para un marco común de tarificación de infraestructuras de transporte en la UE Libro Blanco

SectionDictamen
Issuing OrganizationComité de las Regiones

C 198/16 ES 14.7.1999Diario Oficial de las Comunidades Europeas Dictamen del ComitÈ de las Regiones sobre 'Tarifas justas por el uso de infraestructuras:

Estrategia gradual para un marco comu¥n de tarificacio¥n de infraestructuras de transporte en la UE -- Libro Blanco' (1999/C 198/04) EL COMITE¥ DE LAS REGIONES, visto el Libro Blanco de la Comisio¥n 'Tarifas justas por el uso de infraestructuras: Estrategia gradual para un marco comu¥n de tarificacio¥n de infraestructuras de transporte en la UE' (COM(1998) 466 final);

vista la decisio¥n de la Mesa de 15 de julio de 1998, de conformidad con el apartado 4 del arti¥culo 198 C del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, de elaborar un Dictamen sobre el tema y encargar la preparacio¥n del mismo a la Comisio¥n de Redes Transeuropeas, Transportes y Sociedad de la Informacio¥n (Comisio¥n 3);

visto el proyecto de Dictamen (CDR 408/98 rev. 1) aprobado por la Comisio¥n 3 el 22 de enero de 1999 (ponentes: Sr. Weingartner y Sra. Bennett);

considerando el Libro Verde 'Hacia una tarificacio¥n equitativa y eficaz del transporte -- Opciones para la internalizacio¥n de los costes externos del transporte en la Unio¥n Europea' (COM(95) 691 final);

considerando la Resolucio¥n del ComitÈ de las Regiones sobre la 'Carta europea de las regiones y municipios para una poli¥tica de transportes avanzada y sostenible' (CDR 347/97 fin)(1); y tomando nota de las siguientes propuestas de Directiva elaboradas entretanto por la Comisio¥n para el desarrollo del ferrocarril, a saber:

-- modificacio¥n de la Directiva 91/440/CEE sobre el desarrollo de los ferrocarriles comunitarios, -- modificacio¥n de la Directiva 95/18/CE sobre concesio¥n de licencias a las empresas ferroviarias, -- propuesta de Directiva del Consejo relativa a la adjudicacio¥n de la capacidad de infraestructura ferroviaria, aplicacio¥n de ca¥nones por su utilizacio¥n y certificacio¥n de la seguridad (1998/480/CE), -- modificacio¥n de la Directiva 92/106/CEE del Consejo, de 7 de diciembre de 1992, relativa al establecimiento de normas comunes para determinados transportes combinados de mercanci¥as entre Estados miembros;

considerando el Dictamen del ComitÈ de las Regiones de 16 de enero de 1997 sobre el 'Libro Verde -Hacia una tarificacio¥n equitativa y eficaz del transporte -- Opciones para la internalizacio¥n de los costes externos del transporte en la Unio¥n Europea' y sobre la 'Propuesta de Directiva del Consejo relativa a la aplicacio¥n de grava¥menes a los vehi¥culos industriales por el uso de determinadas infraestructuras' (CDR 364/96 fin)(2);

considerando el Dictamen del ComitÈ de las Regiones de 12 de marzo de 1998 sobre 'Una estrategia de transportes sostenible para los entes regionales y locales y la Unio¥n Europea' (CDR 255/97 fin)(3), en su 28o Pleno celebrado los di¥as 10 y 11 de marzo (sesio¥n del 11 de marzo), ha aprobado por unanimidad el presente Dictamen.

  1. Introduccio¥ n elemento fundamental de la estrategia de la Comisio¥n Europea para el fomento de sistemas de transporte ma¥s eficaces a travÈs de la creacio¥n de un mercado en el cual las tarifas justas deben 1.1. El Libro Blanco de la Unio¥n Europea 'Tarifas justas por contribuir a garantizar de manera sostenible los sistemas de el uso de infraestructuras' supone la continuacio¥n coherente transporte y su desarrollo.

    de las propuestas contenidas en su di¥a en el Libro Verde 'Hacia una tarificacio¥n equitativa y eficaz del transporte'(4). Por tanto, dicho Libro Blanco es, como el mencionado Libro Verde, un 1.2. Adema¥s de los trabajos encargados por la Comisio¥n --como, por ejemplo, el informe del grupo de alto nivel sobre las asociaciones pu¥blico-privadas (1997) y el informe de los grupos de alto nivel sobre la tarificacio¥n de las infraestructuras(1) DO C 251 de 10.8.1998, p. 7.

    del transporte (1998)--, se ha constituido tambiÈn entretanto(2) DO C 116 de 14.4.1997, p. 58.

    el 'Consejo conjunto de Transporte y Medio Ambiente', que(3) DO C 180 de 11.6.1998, p. 1.

    (4) COM(95) 691 final. ha examinado las cuestiones relativas a la optimizacio¥n del

    14.7.1999 ES C 198/17Diario Oficial de las Comunidades Europeas uso de la infraestructura existente y al trasvase a modos de El efecto de nuevas estructuras de tarificacio¥n deberi¥a ser la promocio¥n tanto del uso eficaz de la infraestructura existentetransporte menos nocivos para el medio ambiente y ha pedido que se reduzca el consumo de combustible, las emisiones y el como de la habilitacio¥n eficiente de nueva infraestructura.

    nivel de ruido.

    2.3. Debe tenerse en cuenta el principio de subsidiariedad a1.3. El Libro Blanco sen~ala de nuevo, por un lado, la gran la hora de desarrollar una estrategia comunitaria para laimportancia de las infraestructuras de transporte en Europa tarificacio¥n de las infraestructuras. Aunque algunos principiospara el crecimiento econo¥mico, la movilidad de la mano de fundamentales de tarificacio¥n deberi¥an aplicarse a todos losobra, la competitividad y la calidad de vida de los ciudadanos.

    principales modos de transporte en cada Estado miembro, esPor otro, no obstante, observa tambiÈn que la puesta a punto inevitable que las estructuras y niveles de tarifas resultantesde tales infraestructuras y la optimizacio¥n de su uso son cada difieran en las diferentes regiones, en funcio¥n del modo y lavez ma¥s difi¥ciles de alcanzar. El ComitÈ sen~ala que las situacio¥n, por diversos motivos econo¥micos y sociales. En estetendencias actuales de uso y volumen del...

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