Explotación de servicios aéreos regulares Concurso convocado por el Reino Unido con arreglo a lo dispuesto en la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) nº 2408/92 del Consejo, para la prestación de servicios aéreos regulares entre Orkney Mainland (Kirkwall) y las islas de Papa Westray, North Ronaldsay, Westray, Sanday, ...
Section | Reglamento |
Issuing Organization | Consejo de la Unión Europea |
Explotación de servicios aéreos regulares Concurso convocado por el Reino Unido con arreglo a lo dispuesto en la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo, para la prestación de servicios aéreos regulares entre Orkney Mainland (Kirkwall) y las islas de Papa Westray, North Ronaldsay, Westray,
Sanday, Stronsay y Eday (2003/C 296/07) (Texto pertinente a efectos del EEE) Introducción En virtud de lo dispuesto en la letra a) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992, relativo al acceso de las compañías aéreas de la Comunidad a las rutas aéreas intracomunitarias, el Reino Unido ha impuesto obligaciones de servicio público en los servicios aéreos regulares entre Orkney Mainland (Kirkwall) y Papa Westray, North Ronaldsay, Westray, Sanday, Stronsay y Eday. Las normas correspondientes a las obligaciones de servicio público para Papa Westray y North Ronaldsay se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea no C 394/04 de 30.12.97 y fueron modificadas en el Diario Oficial de la Unión Europea no C 369/2 de 22.12.2000, no C 363/06 de 19.12.2001 y no C 295 de 5.12.2003. Las normas correspondientes a las obligaciones de servicio público para Westray,
Sanday, Stronsay y Eday se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea no 363/05 de 19.12.2001 y modificadas en el Diario Oficial de la Unión Europea no C 295 de 5.12.2003.
En la medida en que, a 1.3.2004, ninguna compañía aérea haya iniciado o esté por iniciar servicios aéreos regulares entre Orkney Mainland (Kirkwall) y las islas de Papa Westray, North Ronaldsay, Westray, Sanday, Stronsay y Eday de conformidad con las obligaciones de servicio público impuestas y sin solicitar compensación económica alguna, el Reino Unido ha decidido, con arreglo al procedimiento de la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento mencionado, limitar el acceso a esas rutas a una única compañía y conceder mediante concurso el derecho de explotar dichos servicios aéreos a partir del 1.4.2004.
El contrato será adjudicado por el Orkney Islands Council, denominado en lo sucesivo el 'poder adjudicador'.
-
Objeto del concurso: Ofrecer, a partir del 1.4.2004, servicios aéreos regulares entre Orkney Mainland (Kirkwall) y las islas de Papa Westray, North Ronaldsay, Westray, Sanday, Stronsay y Eday de conformidad con las obligaciones de servicio público impuestas para esas rutas. Las obligaciones de servicio público...
To continue reading
Request your trial