Decisión del Consejo, de 17 de diciembre de 2003, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Gobierno de la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China sobre readmisión de residentes ilegales

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

II

(Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad)

CONSEJO

DECISIÓN DEL CONSEJO

de 17 de diciembre de 2003

relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Gobierno de la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China sobre readmisión de residentes ilegales

(2004/80/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular la letra b) del apartado 3 de su artículo 63 en relación con la segunda frase del párrafo primero del apartado 2 y el párrafo primero del apartado 3 del artículo 300, Vista la propuesta de la Comisión, Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1), Considerando lo siguiente:

(1) La Comisión ha negociado, en nombre de la Comunidad, un Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Gobierno de la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China sobre readmisión de residentes ilegales

(2)Dicho Acuerdo fue firmado en nombre de la Comunidad Europea el 27 de noviembre de 2002, a reserva de una eventual conclusión en una fecha posterior, de conformidad con la Decisión del Consejo de 23 de septiembre de 2002.

(3) Procede aprobar el Acuerdo.

(4) El Acuerdo crea el Comité mixto facultado para tomar decisiones que tienen efectos jurídicos y, por consiguiente, es necesario precisar quién representará a la Comunidad en este Comité y establecer un procedimiento de adopción de las posiciones comunitarias, (5) De conformidad con el artículo 3 del Protocolo sobre la posición del Reino Unido y de Irlanda anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Irlanda y el Reino Unido han notificado su deseo de tomar parte en la adopción y en la aplicación de la presente Decisión.

(6) De conformidad con los artículos 1 y 2 del Protocolo sobre la posición de Dinamarca anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Dinamarca no participa en la adopción de la presente Decisión, por lo que no estará vinculada por la misma ni obligada a aplicarla.

DECIDE:

Artículo 1

Queda aprobado en nombre de la Comunidad el Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Gobierno de la Región Administrativa Especial de Hong Kong (República Popular China) sobre readmisión de residentes ilegales.

El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

El Presidente del...

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