Asunto C-248/01: Petición de decisión prejudicial presentada mediante resolución del Landesgericht Feldkirch, de fecha 22 de junio de 2001, en el asunto entre I. Hermann Pfanner Getränke Gesellschaft mbH y otros y II. Getränkebetrieb Gesellschaft m.b.H. y otros contra República de Austria

SectionResolution

13.10.2001 ES C 289/9Diario Oficial de las Comunidades Europeas -- Omisio¥n en la apreciacio¥n del principio 'dolo agit, 2) øQuÈ criterios deben seguirse para poder calificar la emisio¥n de varios largometrajes cinematogra¥ficas y peli¥-qui petit, quod statim redditurus est' y 'fraus omnia corrumpit': A falta de una sentencia condenatoria firme, culas concebidas para la televisio¥n como una 'serie' no sujeta a las limitaciones publicitarias aplicables a losla Comisio¥n so¥lo puede basarse en los momentos sospechosos presentes y en los resultados de la investigacio¥n largometrajes cinematogra¥ficos y peli¥culas concebidas para la televisio¥n?en tanto y en cuanto se disponga de los mismos. La Comisio¥n ha procedido asi¥ en el presente asunto. Al 3) øDeben entenderse por 'series' a efectos del arti¥culo 11,excluir el Tribunal la aplicacio¥n en tanto que alegacio¥n de apartado 3, de la Directiva 89/552/CEE, en la versio¥nla norma 'fraus omnia corrumpit' en relacio¥n con el resultante de la Directiva 97/36/CE, los programas consis-principio 'dolo agit, qui petit, quod statim redditurus est' tentes en varios capi¥tulos que, por presentar elementosen un asunto como el presente, sin siquiera haber tema¥ticos, de contenido y formales comunes, respondenexaminado en particular dicha cuestio¥n, y, en lugar de a una idea comu¥n y se emiten en una determinadaello, exigir la adopcio¥n de una nueva decisio¥n con una sucesio¥n temporal?nueva motivacio¥n, obliga a la Comisio¥n en conclusio¥n al abono mientras la sospecha no se concrete en una 4) La interpretacio¥n del concepto de 'serie' a efectos delcerteza inatacable. Como regla general, sin embargo, una arti¥culo 11, apartado 3, de la Directiva 89/552/CEE, en larestitucio¥n ulterior fracasa por el hecho de que el deudor versio¥n resultante de la Directiva 97/86/CE, øpermiteentonces ha desaparecido, se ha enriquecido injustamente renunciar por completo o en buena medida a la unidado es ya insolvente.

tema¥tica o de contenidos de los capi¥tulos de un programa y basarse esencialmente en elementos formales o receptivo-formales?(1) Au¥n no publicada en la Recopilacio¥n.

(1) DO L 298 de 17.10.1989, p. 23.

(2) DO L 202 de 30.07.1997, p. 60.

Peticio¥ n de decisio¥n prejudicial presentada mediante resolucio¥ n del Nieders‰chsische Oberverwaltungsgericht, de Peticio¥ n de decisio¥n prejudicial presentada mediante resofecha 15 de junio de 2001, en el asunto entre RTL lucio¥ n del Landesgericht Feldkirch, de fecha 22...

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