2001/C 103 E/166E-2414/00 de Laura González Álvarez a la Comisión Asunto: Proyecto de construcción de una cementera y una cantera en la Sierra de Alconera

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

De conformidad con el artículo 9 de la Directiva 75/442/CEE, cualquier establecimiento o empresa que efectúe operaciones de eliminación deberá obtener una autorización de la autoridad competente.

En cualquier caso, la Comisión, en su calidad de garante de los Tratados, adoptará cuantas medidas sean necesarias para garantizar el cumplimiento del Derecho comunitario.

(1) DO L 194 de 25.7.1975.

(2) DO L 78 de 26.3.1991.

(2001/C 103 E/166) PREGUNTA ESCRITA E-2414/00 de Laura González Álvarez (GUE/NGL) a la Comisión (18 de julio de 2000) Asunto: Proyecto de construcción de una cementera y una cantera en la Sierra de Alconera La Sierra de Alconera, donde se pretende construir una cementera y una cantera, ha sido identificada como Area Importante para las aves.

Este proyecto, teniendo en cuenta el alto valor ecológico de la zona donde se quiere realizar, podría vulnerar las siguientes Directivas comunitarias en materia de medio ambiente:

  1. la Directiva 79/409/CEE (1 ) relativa a la conservación de las aves silvestres, b) la Directiva 92/43/CEE (2 ) relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, c) la Directiva 85/337/CEE (3 ) relativa al estudio de impacto ambiental.

¿Qué acciones puede emprender la Comisión acerca de las autoridades españolas con el fin de verificar el cumplimiento de las citadas Directivas e intentar impedir que se cometan infracciones al Derecho comunitario? (1) DO L 103 de 25.4.1979, p. 1.

(2) DO L 206 de 22.7.1992, p. 7.

(3) DO L 175 de 5.7.1985, p. 40.

Respuesta de la Sra. Wallström en nombre de la Comisión (14 de septiembre de 2000) La Comisión está al corriente del proyecto señalado por Su Señoría. De hecho, se ha tramitado una denuncia al respecto.

A principios de 1998, un empresa de cemento anunció su intención de proceder a la construcción de una cementera y una cantera en la Sierra de Alconera, Badajoz. Solicitó a las autoridades la expropiación de varios derechos de extracción minera y los obtuvo. Con toda probabilidad, los terrenos expropiados debían servir de emplazamiento para la cementera. Además, pidió autorización para explotar la cantera, mientras se retrasaba la solicitud de autorización para la cementera. Las autoridades efectuaron una evaluación de impacto ambiental de la cantera y la autorizaron el 22 de julio de 1998. El denunciante se opuso a la construcción de la cementera, considerando que la evaluación de impacto no se había realizado correctamente puesto que...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT