Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la organización común del mercado del arroz (COM(2003) 23 - C5-0043/2003 - 2003/0009(CNS))

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

P5_TA(2003)0260

OCM del arroz * Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la organización común del mercado del arroz (COM(2003)23 C5-0043/20032

003/0009(CNS)) (Procedimiento de consulta) El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2003) 23) (1),

Vistos los artículos 36 y 37 del Tratado CE, conforme a los cuales ha sido consultado por el Consejo (C5-0043/2003),

Visto el artículo 67 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural y la opinión de la Comisión de Industria, Comercio Exterior, Investigación y Energía (A5-0183/2003),

  1. Considerando que la propuesta de la Comisión en su versión modificada es compatible con el límite máximo de la rúbrica 1a de las actuales perspectivas financieras 2004-2006;

  2. Considerando que es procedente que se le someta de nuevo el asunto una vez que el marco de las futuras perspectivas financieras haya sido objeto de un acuerdo formal con la Autoridad Presupuestaria;

  1. Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

  2. Considera que la propuesta de la Comisión, en su versión modificada es compatible con el límite máximo de la rúbrica 1a de las actuales perspectivas financieras 2004-2006;

  3. Pide que se le someta de nuevo el asunto una vez que la Autoridad Presupuestaria haya acordado formalmente el marco de las futuras perspectivas financieras;

  4. Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE;

  5. Pide al Consejo que le informe, si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

  6. Pide al Consejo que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión;

  7. Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

TEXTO DE LA COMISIÓN ENMIENDAS DEL PARLAMENTO Enmienda 1

Considerando 1 (1) El funcionamiento y el desarrollo del mercado común de productos agrícolas deben ir acompañados del establecimiento de una política agrícola común que incluya, en particular, una organización común de mercados agrícolas, pudiendo ésta revestir diversas formas en función de cada producto.

(1) El funcionamiento y el desarrollo del mercado común de productos agrícolas deben ir acompañados del establecimiento de una política agrícola común que incluya, en particular, una organización común de mercados agrícolas que favorezca la competitividad de la agricultura comunitaria.

(1) Pendiente de publicación en el DO.

18.3.2004 ES C 68 E/563Diario Oficial de la Unión Europea Jueves, 5 de junio de 2003

Enmienda 2

Considerando 3 (3) El mercado europeo del arroz presenta graves desequilibrios. El volumen de arroz almacenado en las existencias públicas de intervención es muy cuantioso, pues equivale a una cuarta parte de la producción comunitaria, y existen grandes posibilidades de que aumente a largo plazo. El desequilibrio viene provocado por el incremento tanto de la producción interior y las importaciones como de las restricciones aplicables a la exportaciones con restituciones, de conformidad con el Acuerdo sobre la Agricultura. En los próximos años, este desequilibrio se exacerbará y alcanzará probablemente niveles insostenibles como consecuencia del aumento de las importaciones procedentes de terceros países consiguiente a la aplicación del Acuerdo 'Todo menos armas'.

(3) El mercado europeo del arroz presenta importantes desequilibrios. El volumen de arroz almacenado en las existencias públicas de intervención es muy cuantioso, y existen grandes posibilidades de que aumente a largo plazo. El desequilibrio se debe al efecto combinado de un incremento de la producción interior, que en estas últimas campañas se ha estabilizado, al creciente aumento de las importaciones y las restricciones aplicables a la exportaciones con restituciones, de conformidad con el Acuerdo de la OMC (1 ) sobre la Agricultura. En los próximos años, este desequilibrio se exacerbará y alcanzará probablemente niveles insostenibles como consecuencia de la reducción arancelaria que provocará un aumento considerable de las importaciones procedentes de terceros países debido a la aplicación del Acuerdo 'Todo menos armas'.

(1 ) DO L 336 de 23.12.1994, p. 22.

Enmienda 3

Considerando 4 (4) Este problema debe resolverse mediante una revisión de la organización común del mercado del arroz que permita controlar la producción, mejorar el equilibrio y la fluidez del mercado y aumentar la competitividad de la agricultura comunitaria, persiguiendo al mismo tiempo los demás objetivos del artículo 33 del Tratado, incluido el mantenimiento de un nivel de renta equitativo para los agricultores.

(4) Este problema debe resolverse mediante una revisión de la organización común del mercado del arroz que permita controlar la producción, mejorar el equilibrio y la fluidez del mercado y aumentar la competitividad de la agricultura comunitaria, persiguiendo al mismo tiempo los demás objetivos del artículo 33 del Tratado, incluido el mantenimiento de un nivel de renta equitativo para los agricultores. Es necesario establecer medidas en el mercado interior entre las que se incluyan, en concreto, un régimen de intervención y un...

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