E-2723/98 de Leonie van Bladel a la ComisiónAsunto: Dudas a cerca de la seguridad de una central nuclear en Cuba

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas
  1. ¿Está dispuesta la Comisión a condenar la decisión de extrañamiento emitida en 1991 por las autoridades marroquíes y a solicitar al mismo que permita la entrada de Serfaty en Marruecos y que le sean restituidos de sus derechos civiles? 3. ¿Qué medidas podría adoptar la Comisión en el contexto de los acuerdos euromediterráneos si las autoridades marroquíes siguieran sin permitir la entrada de Serfaty en Marruecos y sin restituirle sus derechos civiles? Respuesta del Sr. Marín en nombre de la Comisión (25 de septiembre de 1998) 1. La Comisión sigue la evolución del asunto en coordinación con los Estados miembros.

  2. Las iniciativas relacionadas con este asunto no son competencia exclusiva de la Comisión, sino también de los Estados miembros de la Unión Europea, de conformidad con las normas establecidas por el segundo pilar del Tratado de la Unión Europea.

  3. El nuevo Acuerdo de Asociación entre la Comunidad y Marruecos instaurará un diálogo político institucionalizado con las autoridades marroquíes sobre todos los temas de interés común. En este diálogo, la Comunidad hará ciertamente saber su posición sobre el respeto de los derechos humanos por las autoridades marroquíes, en un plano general y en casos concretos. Este diálogo entre socios se fundará en una serie de medidas positivas que ya han empezado a aplicarse. Se trata de acciones subvencionadas por la Comunidad en favor de la promoción de los derechos humanos en Marruecos, como, por ejemplo, la introducción de la eenseñanza de los derechos humanos en los planes de estudio, la creación de la cátedra de derechos humanos en la Facultad de Derecho de Rabat o el apoyo a las actividades de las principales organizaciones no gubernamentales (ONG) marroquíes especializadas en derechos humanos. Este planteamiento de diálogo y de financiación es de largo alcance. Sus resultados serán ciertamente objeto de evaluaciones sucesivas, en particular desde el punto de vista de los progresos realizados, antes de contemplar la adopción de medidas más radicales, como la suspensión de las disposiciones del Acuerdo en caso de violación del elemento esencial que constituyen los derechos humanos.

    (1999/C 118/156) PREGUNTA ESCRITA E-2723/98 de Leonie van Bladel (UPE) a la Comisión (1 de septiembre de 1998) Asunto: Dudas a cerca de la seguridad de una central nuclear en Cuba 1. ¿Está al tanto la Comisión de la reanudación de las obras iniciadas en 1981 y paralizadas en 1992 de la central nuclear de Juragua en...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT