Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y el Reino de Marruecos acerca de determinadas medidas de liberalización recíproca y la sustitución de los protocolos agrícolas del Acuerdo de Asociación CE-Reino de Marruecos
Section | Acuerdo |
Issuing Organization | Other |
ACUERDO EN FORMA DE CANJE DE NOTAS entre la Comunidad Europea y el Reino de Marruecos acerca de determinadas medidas de liberalización recíproca y la sustitución de los protocolos agrícolas del Acuerdo de Asociación CE-Reino de Marruecos A. Nota de la Comunidad Europea Bruselas, ...
Señor:
Tengo el honor de referirme a las negociaciones celebradas en virtud del artículo 16 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra, vigente desde el 1 de marzo de 2000, que dispone que la Comunidad y Marruecos aplicarán progresivamente una mayor liberalización de sus intercambios recíprocos de productos agrícolas.
Estas negociaciones se han celebrado de conformidad con el apartado 1 del artículo 18 del Acuerdo de asociación, que dispone que, a partir del 1 de enero de 2000, la Comunidad y Marruecos examinarán la situación para fijar las medidas de liberalización que aplicarán las Partes desde el 1 de enero de 2001.
Al término de estas negociaciones, las Partes han acordado lo siguiente:
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Los Protocolos no 1 y no 3 del Acuerdo de asociación se sustituyen por los Protocolos adjuntos.
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En el apartado 1 del artículo 18 del Acuerdo de asociación, las fechas «1 de enero de 2000» y «1 de enero de 2001» se sustituyen por las fechas «1 de enero de 2007» y «1 de enero de 2008».
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Queda derogado el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad y el Reino de Marruecos relativo al artículo 1 del Protocolo no 1 y referido a las importaciones en la Comunidad de flores y capullos frescos cortados de la partida NC 0603 10 del arancel aduanero común, adjunto al Acuerdo de asociación.
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Las disposiciones del presente Acuerdo serán aplicables a partir del 1 de enero de 2004, excepto los artículos 2, 4 y 5 del Protocolo no 1, que serán aplicables a partir del 1 de octubre de 2003 en lo que concierne a los tomates.
Le agradecería tuviese a bien confirmarme el acuerdo de su Gobierno con el contenido de la presente Nota.
Reciba el testimonio de mi mayor consideración.
Por el Consejo de la Unión Europea
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Nota del Reino de Marruecos Rabat, ...
Señor:
Tengo el honor de acusar recibo de su Nota del día de hoy, redactada en los siguientes términos:
Tengo el honor de referirme a las negociaciones celebradas en virtud del artículo 16 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros...
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