Asunto C-1/12: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal da Relação de Lisboa (Portugal) el 3 de enero de 2012 — Ordem dos Técnicos Oficiais de Contas/Autoridade da Concorrência
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ES Diario Oficial de la Unión Europea 24.3.2012
der Kubicargo Spedition GmbH, Kühne + Nagel GmbH, Lagermax Internationale Spedition Gesellschaft mbH, Morawa Transport GmbH, Johann Ogris Internationale Transport- und SpediGmbH, Traussnig Spedition GmbH, Treu SpeditionsSpedition Anton Wagner GmbH, Gebrüder Weiss GmbH, Marehard u. Wuger Internat. Speditions- u. Logistik
Cuestiones prejudiciales
¿Pueden sancionarse con una multa las infracciones de una empresa contra el artículo 101 TFUE si la empresa incurrió en error en cuanto al carácter lícito de su comportamiento y no cabe imputarle dicho error?
En caso de respuesta negativa a la primera cuestión:
¿Cabe no imputarle el error sobre el carácter lícito de su comportamiento si la empresa se comportó siguiendo el consejo de un asesor jurídico con experiencia en Derecho de la competencia y el error de asesoramiento no se apreciaba ni de forma manifiesta ni mediante la comprobación exigible a la empresa?
¿Cabe no imputarle el error sobre el carácter lícito de su comportamiento si la empresa confió en que era correcta la decisión de las autoridades nacionales de la competencia que examinaron la conducta enjuiciada únicamente conforme al Derecho de la competencia nacional y la consideraron admisible?
¿Están facultadas las autoridades nacionales de la compe
tencia para declarar que una empresa participó en un cártel que infringe el Derecho de la competencia de la Unión si a la empresa no se le ha de imponer ninguna multa al haber solicitado acogerse al programa de clemencia?
) -y otras semejantes- versaba sobre una normativa que repercutía en la actividad económica de los miembros del colegio profesional en cuestión, ¿se oponen los actuales artículos 101 TFUE y 102 TFUE a una normativa en materia de formación de los TOC que no influye directamente en su actividad económica?
4) A la luz del Derecho de la Unión en materia de competencia (en el mercado de la formación), ¿puede un colegio profesional exigir, para el ejercicio de dicha profesión, una determinada formación que sólo él imparte?
Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal da Relação de Lisboa (Portugal) el 3 de enero de 2012 - dos Técnicos Oficiais de Contas/Autoridade da
Concorrência
(Asunto C-1/12)
(2012/C 89/18)
Lengua de procedimiento: portugués
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal da Relação de Lisboa
Partes en el procedimiento principal
Ordem dos Técnicos Oficiais de Contas
Autoridade da Concorrência
Cuestiones...
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