Asunto C-108/01: Petición de decisión prejudicial presentada mediante resolución de la Cámara de los Lores, de fecha 8 de febrero de 2001, en el asunto entre 1) Consorzio del prosciutto di Parma 2) Salumificio S. Rita S.P.A. y 1) Asda Stores Limited 2) Hygrade Foods Limited

SectionResolution

5.5.2001 ES C 134/9Diario Oficial de las Comunidades Europeas iii) Asimilo¥ la posicio¥n de los cuatro operadores mun- Motivos y principales alegaciones diales de sistemas informatizados de reserva (SIR) a la de los dema¥s operadores activos en el mercado El arti¥culo 40 de los estatutos de la BAA, que impide a una de que se trata, ya sean vendedores de sistemas, persona controlar ma¥s del 15 % de la sociedad, restringe la compan~i¥as aÈreas o abonados, haciendo caso omiso inversio¥n en carteras de valores, las inversiones directas y, al de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y, en mismo tiempo, el establecimiento: dichas restricciones se particular, de sus sentencias en los asuntos Bock y oponen a los arti¥culos 56 y 43 del Tratado CE. Aun cuando Piraiki-Patraiki. la restriccio¥n no es expli¥citamente discriminatoria, dicha restriccio¥n, que puede obstaculizar el ejercicio de estas libertab) Al estimar que el hecho de que concurran circunstancias des, debe estar justificada por 'razones imperiosas de interÈs econo¥micas excepcionales no basta para considerar que general' y ser necesaria y adecuada a esas razones.

la medida controvertida afecta individualmente a los recurrentes el Tribunal de Primera Instancia incurrio¥ en Las autoridades del Reino Unido no han conseguido demostrar los siguientes errores de Derecho: las razones imperiosas de interÈs general que deben ser protegidas por los derechos vinculados a la Special share

i) No aplico¥ los principios establecidos por el Tribunal (accio¥n de oro) y por el li¥mite del 15 % de participacio¥n, ni, a de Primera Instancia en las sentencias Codorni¥u/ fortiori, su proporcionalidad. Por tanto, procede concluir que Consejo y Extramet Industrie/Consejo, seguidos pos- las restricciones a la libre circulacio¥n de capitales y al teriormente por el Tribunal de Primera Instancia y establecimiento creadas de este modo constituyen una infracel Tribunal de Justicia, y/o no distinguio¥ adecuada- cio¥n a las obligaciones que incumben a los Estados miembros mente tales asuntos o no lo hizo en absoluto. en virtud de los arti¥culos 43 y 56 del Tratado.

ii) No tuvo en cuenta la sentencia del Tribunal de Un Estado miembro puede violar el Tratado al introducir Primera Instancia en el asunto T-60/96, Merck y restricciones a los movimientos de capitales y a la libertad de otros. establecimiento, por cualquier medio. En cuanto a la BAA, las medidas introducidas basadas en Derecho de sociedades fueron...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT