Asunto C-136/02 P: Recurso de casación interpuesto el 11 de abril de 2002 por Mag Instrument, Inc. contra la sentencia dictada el 7 de febrero de 2002 por la Sala Cuarta del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el asunto T-88/00, Mag Instrument, Inc. contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y...

SectionCase
Issuing OrganizationTribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas.

C 144/22 ES 15.6.2002Diario Oficial de las Comunidades Europeas Peticio¥ n de decisio¥n prejudicial presentada mediante reso- respecto a las solicitudes no 000139527, no 000119552, no 000206789, no 000206698 y no 000206870.lucio¥ n del Gerechtshof te Amsterdam, de fecha 2 de abril de 2002, en el asunto entre Hoogenboom Production Ltd.

y el Inspecteur Belastingdienst/Douanedistrict Rotterdam -- Anule la resolucio¥n de la Sala Segunda de Recurso, de 14 de febrero de 2000, en los asuntos R-0237/1999-2, (Asunto C-134/02) R-0238/1999-2, R-0239/1999-2, R-0240/1999-2 y R-0241/1999-2.

(2002/C 144/37) -- Condene en costas a la demandada.

Al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas le ha sido sometida una peticio¥n de decisio¥n prejudicial mediante Motivos y principales alegacionesresolucio¥n de la Gerechtshof te Amsterdam, dictada el 10 de abril de 2002, en el asunto entre Hoogenboom Production Ltd. y el Inspecteur Belastingdienst / Douanedistrict Rotterdam, -- Infraccio¥n del arti¥culo 7, apartado 1, letra b), del Reglay recibida en la Secretari¥a del Tribunal de Justicia el 10 de abril mento (CE) no 40/90 del Consejo:(2) El Tribunal de de 2002. Primera Instancia no se ocupa, en su sentencia, de la marca solicitada en su conjunto, sino que basa su La pregunta es idÈntica a la del asunto C-133/02(1) apreciacio¥n, aplicando un criterio anali¥tico, en elementos de la solicitud erro¥neos.

(1) Ver pa¥g. 21 del presente Diario Oficial.

-- Apreciacio¥n erro¥nea de las pruebas con infraccio¥n de las leyes generales de la lo¥gica: El Tribunal de Primera Instancia no tomo¥ en consideracio¥n, expresamente, hechos y pruebas que se refieren exclusivamente al cara¥cter distintivo original, indicando, erro¥neamente, que so¥lo teni¥an relacio¥n con el cara¥cter distintivo adquirido por el uso, y vulnero¥, de este modo, las leyes de la lo¥gica.

Recurso de casacio¥n interpuesto el 11 de abril de 2002 Pero tambiÈn los hechos y las pruebas respecto a los por Mag Instrument, Inc. contra la sentencia dictada el cuales no se excluye que se refieren, entre otros aspectos, 7 de febrero de 2002 por la Sala Cuarta del Tribunal de al cara¥cter distintivo adquirido por el uso, abogan por Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el considerar que el cara¥cter distintivo no se obtuvo con el asunto T-88/00, Mag Instrument, Inc. contra Oficina de uso, sino que ya existi¥a en su origen. Es obvio que so¥lo se Armonizacio¥ n del Mercado Interior (marcas, dibujos y...

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