Decisión nº 1/2005 del Comité mixto establecido en virtud del Acuerdo sobre el reconocimiento mutuo en relación con la evaluación de la conformidad, la certificación y el marcado entre la Comunidad Europea y Australia, de 11 de noviembre de 2005, por la que se incluye un organismo de evaluación de la conformidad en el anexo sectorial de los...

SectionDecision
Issuing OrganizationComité Mixto

DECISIÓN No 1/2005 DEL COMITÉ MIXTO ESTABLECIDO EN VIRTUD DEL ACUERDO SOBRE EL RECONOCIMIENTO MUTUO EN RELACIÓN CON LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD,

LA CERTIFICACIÓN Y EL MARCADO ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEA Y AUSTRALIA

de 11 de noviembre de 2005

por la que se incluye un organismo de evaluación de la conformidad en el anexo sectorial de los productos del sector del automóvil

(2005/916/CE)

EL COMITÉ MIXTO,

Visto el Acuerdo sobre el reconocimiento mutuo entre la Comunidad Europea y Australia y, en particular, su artículo 12,

Considerando que la inclusión de un organismo de evaluación de la conformidad en alguno de los anexos sectoriales del Acuerdo requiere una decisión del Comité mixto para poder surtir efectos,

DECIDE:

  1. El organismo de evaluación de la conformidad que figura en el anexo de la presente Decisión se añade a la lista de organismos de evaluación de la conformidad que recoge la sección II del anexo sectorial de los productos del sector del automóvil.

  2. El alcance concreto de la inclusión de ese organismo en lo referente a los productos y a los procedimientos de evaluación de la conformidad ha sido acordado por las Partes y será mantenido por ellas.

La presente Decisión, hecha por duplicado, será firmada por los representantes del Comité mixto que estén facultados para actuar en nombre de las Partes en lo relacionado con la modificación del Acuerdo. La Decisión surtirá efectos a partir de la...

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