2001/C 103 E/146P-2359/00 de Marialiese Flemming a la Comisión Asunto: Central nuclear de Temelin

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Respuesta (7 de noviembre de 2000) La pregunta formulada por Su Señoría se refiere a una situación interna italiana que no entra dentro de las competencias del Consejo. En el supuesto de que un Estado miembro no haya cumplido una de las obligaciones que le incumben en virtud del Tratado, corresponde a la Comisión, con arreglo a los artículos 211 y 226 del Tratado CE, velar por la aplicación de las disposiciones del Tratado, así como de las disposiciones adoptadas por las Instituciones en virtud de este último.

(2001/C 103 E/146) PREGUNTA ESCRITA P-2359/00 de Marialiese Flemming (PPE-DE) a la Comisión (7 de julio de 2000) Asunto: Central nuclear de Temelin ¿Sabe la Comisión que:

el Ministerio checo de Medio Ambiente ha constatado, en el caso de 13 expedientes relativos a modificaciones en el proyecto de la central nuclear de Temelin, la falta de evaluaciones del impacto ambiental y ha caracterizado la situación actual de contraria a la ley;

el Sr. Kuzvart, Ministro checo de Medio Ambiente, exige que se lleven a cabo las evaluaciones del impacto medioambiental pendientes;

la carga de combustible y la posterior puesta en marcha del bloque 1 de la central nuclear de Temelin, antes de la conclusión de las preceptivas evaluaciones del impacto medioambiental, constituye una anticipación ilícita de los resultados de las evaluación medioambientales y que, por lo tanto, pondría en tela de juicio este importante instrumento;

hasta la fecha, no se ha facilitado a la opinión pública checa e internacional información detallada alguna sobre las normas de seguridad de la central nuclear de Temelin, que permita valorar el nivel de seguridad alcanzado;

una puesta en marcha acelerada de las instalaciones, antes de haber esclarecido todas las cuestiones pendientes, conlleva un aumento del riesgo así como posibles perjuicios económicos? ¿Está dispuesta la Comisión a:

pedir al Gobierno de la República Checa que haga lo posible para garantizar a los países vecinos, en el marco de las evaluaciones del impacto medioambiental de la central nuclear de Temelin, todos los derechos previstos en el Convenio Espoo;

pedir al Gobierno de la República Checa que garantice que los gestores de Temelin y las autoridades estatales encargadas de la seguridad nuclear (SWJB) pongan a disposición de la opinión pública checa e internacional información detallada, que permita evaluar, en particular a los expertos, el nivel de seguridad logrado en Temelin;

pedir al Parlamento de la...

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