Ayudas estatales — Francia — Ayudas estatales SA.22932 (11/C) (ex NN 37/07) — Ayudas estatales al aeropuerto de Marsella-Provenza y a las compañías aéreas que utilizan el aeropuerto — Invitación a presentar observaciones en aplicación del artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (1)

SectionAnuncios

ES Diario Oficial de la Unión Europea 15.11.2011

V

(Anuncios)

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

COMISIÓN EUROPEA AYUDAS ESTATALES - FRANCIA

Ayudas estatales SA.22932 (11/C) (ex NN 37/07) - Ayudas estatales al aeropuerto de MarsellaProvenza y a las compañías aéreas que utilizan el aeropuerto

Invitación a presentar observaciones en aplicación del artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2011/C 334/07)

Mediante carta de 13 de julio de 2011, reproducida en la versión lingüística auténtica en las páginas que siguen al presente resumen, la Comisión notificó a Francia su decisión de incoar el procedimiento previsto en el artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en relación con las medidas citadas anteriormente.

Los interesados podrán presentar sus observaciones sobre las medidas respecto de las cuales la Comisión ha incoado el procedimiento en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del presente resumen y de la carta siguiente, enviándolas a:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia Registro de Ayudas Estatales 1049 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË

Fax +32 22961242

Dichas observaciones se comunicarán a Francia. Los interesados que presenten observaciones podrán solicitar por escrito, exponiendo los motivos de su solicitud, que su identidad sea tratada de forma confidencial.

  1. PROCEDIMIENTO

El 8 de mayo de 2006 la Comisión recibió una denuncia interpuesta por Ryanair, en la que se señalaba la existencia de ayudas ilegales, consistentes en una diferenciación de las tasas aeroportuarias en función del destino del vuelo (nacional/internacional), lo que favorecería a Air France, que opera (directamente o mediante sus filiales) la mayoría de las líneas nacionales con origen en aeropuertos franceses, entre los cuales figura el aeropuerto de Marsella (en lo sucesivo: MRS). Air France presentó una denuncia el 27 de marzo de 2007, acompañada de complementos presentados el 8 de enero de 2008 y el 8 de septiembre de 2010, alegando la existencia de ayudas ilegales concedidas por los poderes públicos a MRS, así como de ayudas ilegales concedidas por MRS a Ryanair y a otras compañías

El 28 de diciembre de 2010 la Cámara de Comercio e Industria de Marsella-Provenza (en adelante, CCIMP), que gestiona el aeropuerto, comunicó sus comentarios respecto a la denuncia de Air France. El 21 de enero de 2011 la Comisión transmitió dichos comentarios a las autoridades francesas.

En base al examen de la información proporcionada por los demandantes, la Comisión envió sucesivas peticiones de información a las autoridades francesas el 21 de junio de 2006, el 30 de enero de 2007, el 27 de abril de 2007, el 28 de junio de 2007 y el 13 de enero de 2011. Las autoridades francesas contestaron mediante una carta con fecha de 23 de agosto de 2006, así como sus anexos, que se recibieron el 24 de agosto de 2006, el 11 de mayo de 2007, el 5 de septiembre de 2007, el 21 de marzo de 2011 y el 14 de abril de 2011.

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 334/9

DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS RESPECTO DE LAS CUALES LA COMISIÓN INCOA EL PROCEDIMIENTO

En primer lugar, la CCIMP ha recibido subvenciones del Consejo General de Bocas del Ródano, la asamblea deliberante del departamento, para el acondicionamiento de la terminal 2 del aeropuerto de Marsella-Provenza (en lo sucesivo «la terminal mp2»), por un importe aproximado de 7,6 millones EUR. Asimismo, el Consejo General, el Consejo Regional, el área metropolitana de Marsella (Communauté urbaine Marseille Provence Mé), el Estado francés (Dirección General de la Aviación Civil) y el FEDER han concedido otras ayudas a la inversión por un total de [...] (*) EUR. Parecen haber sido igualmente concedidas a la CCIMP ayudas de funcionamiento (por un total de [...] (*) EUR) por las autoridades públicas entre 2001 y 2010 con relación a MRS.

En segundo lugar, las compañías aéreas que utilizan la nueva terminal mp2 se benefician de una reducción de las tasas por pasajero con relación a las que se aplican a las compañías que utilizan la terminal más antigua (Halls 1-4 o mp1).

En tercer lugar, las compañías aéreas que operan las líneas con origen en Marsella con un destino nacional se han beneficiado de unas menores tasas por pasajero, sin que la diferencia de tarifa parezca estar justificada por una diferencia del coste del servicio cubierto por las tasas por pasajero.

En cuarto lugar, las compañías aéreas que han abierto nuevas líneas con origen en MRS, ya sea desde el aeropuerto convencional o desde la terminal mp2, han podido beneficiarse de una ayuda a la puesta en marcha, bajo la forma de una reducción de las tasas aeroportuarias «aterrizaje», «iluminación» y «estacionamiento» durante un periodo de 2 a 3 años, así como de una ayuda destinada al «marketing», pagada por un periodo de 3

En quinto lugar, las compañías que operan líneas regulares (5 veces por semana durante una sesión IATA) pueden estacionar gratuitamente las aeronaves correspondientes entre las 22.00 y

Por último, la CCIMP ha celebrado un contrato de compra-venta de espacio publicitario, sin licitación pública ni publicidad pre Airport Marketing Services (en adelante: AMS), una filial propiedad exclusiva de Ryanair, por un periodo de cinco años.

EVALUACIÓN DE LA MEDIDA O DE LA AYUDA

En lo que respecta a las subvenciones de inversión y funcionamiento, la Comisión considera, en esta fase, que dichas subvenciones constituyen ayudas estatales. Ésta expresa sus dudas sobre si dichas ayudas contribuyen a un objetivo de interés común claramente definido y en qué medida se hacían necesarias.

En lo que respecta al nivel de las tasas por pasajero reducidas en la terminal mp2, la Comisión duda, en esta fase, de que un inversor privado prudente hubiera establecido unas tasas por pasajero tan bajas. Dichas dudas se sustentan en el análisis de estudios económicos y financieros llevados a cabo por Air France y el aeropuerto de Marsella. Si esas tasas reducidas constituyen efectivamente ayudas, la Comisión deberá analizar su compatibilidad sobre la base de las directrices de 2005.

En lo que respecta al nivel de las tasas por pasajero reducidas para los vuelos con destino a Francia, la Comisión estima, en esta fase, que la diferencia de nivel es una ayuda incompatible con el mercado interior, ya que no parece estar justificada por una diferencia en los costes de las prestaciones cubiertas por dichas tasas.

En lo que respecta a las ayudas a la puesta en marcha, la Comisión considera que dichas ayudas constituyen ayudas estatales y expresa sus dudas sobre su compatibilidad con el Tratado, especialmente porque MRS, como aeropuerto nacional de categoría B, no es elegible para este apartado de las directrices de 2005. Además no está demostrado que las ayudas sean necesarias, proporcionales a los costes adicionales ni constituyan un incentivo. No parece estar prevista ninguna obligación de mantener las rutas más allá del periodo cubierto por las ayudas ni sanción alguna en caso de que las compañías aéreas no respeten las condiciones.

En lo que respecta al estacionamiento gratuito por las noches, la Comisión duda que dicho comportamiento sea propio de un inversor experimentado en economía de mercado. En esta fase, la Comisión considera que esta medida constituye una ayuda de funcionamiento para las compañías aéreas beneficiarias y expresa dudas en cuanto a su compatibilidad con el Tratado.

Por último, el plan de operaciones de la terminal mp2 también plantea problemas. En esta fase, la Comisión duda que pueda utilizarse para demostrar que la CCIMP se comportó como un inversor prudente en economía de mercado al establecer las diferentes medidas anteriormente contempladas.

De conformidad con el artículo 14 del Reglamento (CE) n o 659/1999 del Consejo, toda ayuda concedida ilegalmente podrá ser recuperada de su beneficiario.

TEXTO DE LA CARTA

Par la présente, la Commission a l'honneur d'informer la France qu'après avoir examiné les informations fournies par vos autorités sur les mesures citées en objet, elle a décidé d'ouvrir la procédure prévue à l'article 108, paragraphe 2, du traité sur le fonctionnement de l'Union européenne.

1. PROCÉDURE

1.1. Plaintes

1. Le 8 mai 2006, la Commission a reçu une plainte, déposée par Ryanair, faisant état d'aides illégales qui consisteraient en une différenciation des redevances aéroportuaires selon la destination du vol (national/inter national), ce qui avantagerait Air France, qui exploite - directement ou par ses filiales - la plupart des lignes nationales au départ des aéroports français, parmi lesquels figure l'aéroport de Marseille (ci-après «MRS»).

2. Par lettre du 21 juin 2006, la Commission a demandé aux autorités françaises des renseignements complémentaires sur les points soulevés par cette plainte. Les autorités françaises ont apporté des éléments de réponse par lettre datée du 24 août 2006 et au moyen d'annexes reçues le 5 septembre.

(*) Secreto comercial.

ES Diario Oficial de la Unión Europea 15.11.2011

3. Par lettres du 30 janvier 2007 et du 27 avril 2007, la Commission a demandé de nouveaux renseignements complémentaires aux autorités françaises, qui ont répondu le 11 mai 2007.

4. Par lettre du 23 octobre 2007, la Commission a envoyé aux autorités françaises une lettre de mise en demeure en vertu de l'article 226 du traité CE ( 1 ), considérant que la différenciation des redevances aéroportuaires selon la destination du vol (national/international) pourrait constituer une infraction ( 2 ) à l'article 3, paragraphe 1, du règlement (CE) n o 2408/92 du Conseil du 23 juillet 1992 concernant l'accès des transporteurs aériens de l'UE aux liaisons aériennes intra-UE. MRS ayant modifié les tarifs incriminés, la Commission a décidé de classer le dossier le 28 octobre 2010.

5. Le 27 mars 2007, la Commission a reçu une deuxième plainte, datée du 15 mars...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT