2002/C 134 E/127E-2858/01 de Mary Banotti a la Comisión Asunto: Asesinatos a sangre fría de niños y jóvenes en Honduras

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

En este caso específico, la Comisión consideró que las disposiciones del apartado 1 del artículo 2, la letra a) del apartado 1 del punto A del artículo 11, de la citada Directiva de 17 de mayo de 1977, se oponían a la exclusión de los 'gravámenes de servicio' de la base imponible del IVA.

Asimismo, el hecho de no incluir las 'propinas' en la base imponible del IVA tenía un efecto negativo sobre la contribución francesa a los recursos propios del IVA del presupuesto de la Comunidad, ya que la contribución de cada Estado miembro se calcula en función de esta base.

Por estos motivos, la Comisión inició el procedimiento por incumplimiento previsto en el artículo 226 (antiguo artículo 169) del Tratado CE contra Francia, por haber autorizado la exclusión de los 'gravámenes de servicio' de la base imponible del IVA.

El análisis jurídico realizado por la Comisión fue confirmado por el Tribunal de Justicia mediante una sentencia de 29 de marzo de 2001 (2 ).

Los Estados miembros deben comunicar a la Comisión, en el plazo de tres meses, las medidas adoptadas para ajustarse a las sentencias del Tribunal de Justicia. En caso contrario, pude iniciarse un procedimiento sobre la base del artículo 228 (antiguo artículo 171 del Tratado CE). Dado que la duración de los procedimientos de infracción no depende de la Comisión, la coincidencia entre la introducción del euro y la adaptación de la legislación francesa es totalmente fortuita.

(1) Caso C-177/99 y C-181/99 Ampafrance SA y Sanofi Synthelabo SA.

(2) Caso C-404/99 Comisión/Francia.

(2002/C 134 E/127) PREGUNTA ESCRITA E-2858/01 de Mary Banotti (PPE-DE) a la Comisión (17 de octubre de 2001) Asunto: Asesinatos a sangre fría de niños y jóvenes en Honduras Según un experto de las Naciones Unidas, en Honduras están siendo asesinados cientos de niños y jóvenes sin hogar, muchos de ellos por el Estado, lo que resulta inaceptable para un país que ha ratificado el Convenio de las Naciones...

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