Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Propuesta de Reglamento (CE) del Consejo por el que se establece un mecanismo de intervención de la Comisión para la eliminación de determinados obstáculos a los intercambios»

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

C 214/90 ES 10.7.98Diario Oficial de las Comunidades Europeas Dictamen del ComitÈ Econo¥mico y Social sobre la 'Propuesta de Reglamento (CE) del Consejo por el que se establece un mecanismo de intervencio¥n de la Comisio¥n para la eliminacio¥n de determinados obsta¥culos a los intercambios' (98/C 214/24) El 2 de febrero de 1998, de conformidad con el arti¥culo 198 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidio¥ consultar al ComitÈ Econo¥mico y Social sobre la propuesta mencionada.

La Seccio¥n de Industria, Comercio, Artesani¥a y Servicios, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobo¥ su dictamen el 1 de abril de 1998 (ponente: Sr. Green; coponente:

Sr. Schmitz).

En su 354o Pleno de los di¥as 29 y 30 de abril de 1998 (sesio¥n del 29 de abril), el ComitÈ Econo¥mico y Social ha aprobado por 93 votos a favor, 15 en contra y 10 abstenciones el presente Dictamen.

  1. Si¥ntesis del documento de la Comisio¥n nacionales. Podra¥ ejercerse este derecho en el marco de una accio¥n tendente a la eliminacio¥n del obsta¥culo de que se trate o en el de una que persiga la reparacio¥n del1.1. En varias ocasiones, se han puesto obsta¥culos a perjuicio ocasionado.la libre circulacio¥n de mercanci¥as, dirigidos contra particulares y empresas de otros Estados miembros.

  2. Observaciones generales 1.2. El Consejo Europeo de Amsterdam solicito¥ a la 2.1. El CES esta¥ a favor de que se garantice la libreComisio¥n que estudiase 'el modo de garantizar de circulacio¥n de mercanci¥as en el mercado interior. Enmanera eficaz la libre circulacio¥n de mercanci¥as, incluconsecuencia, aplaude que se intervenga de forma ma¥syendo la posibilidad de imponer sanciones a los Estados ra¥pida contra los obsta¥culos ilegales a los intercambios;miembros'. Adema¥s, el Consejo Europeo insto¥ a la en la actualidad, las acciones entabladas al amparo delComisio¥n a 'presentar propuestas adecuadas antes de arti¥culo 169 del Tratado se prolongan por espacio desu pro¥xima sesio¥n en diciembre de 1997'.

cuatro o cinco an~os.

1.3. El fundamento juri¥dico de la propuesta de la No obstante, el CES no puede apoyar la propuesta enComisio¥n es el arti¥culo 235 del Tratado.

su versio¥n actual.

1.4. La propuesta se refiere a los obsta¥culos a la libre 2.1.1. F u n d a m e n t o j u r i¥ d i c ocirculacio¥n de mercanci¥as resultantes de una accio¥n o de una inaccio¥n de un Estado miembro. En opinio¥n del CES, la Comisio¥n --conjuntamente con los Estados miembros--...

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