2003/C 268 E/124E-0724/03 de Rosa Miguélez Ramos a la Comisión Asunto: Prestige: Zonas marítimas sensibles

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Respuesta de la Sra. de Palacio en nombre de la Comisión (23 de abril de 2003) Al igual que Su Señoría, la Comisión concede gran importancia a las sanciones contra la contaminación de las costas europeas. Por ello, el 5 de marzo de 2003 propuso una directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la contaminación procedente de buques y la introducción de sanciones, incluso de carácter penal, para los delitos de contaminación (1 ).

En consonancia con la propuesta de directiva relativa a la protección del medio ambiente por medio del Derecho penal presentada por la Comisión (2 ), la directiva propuesta establece que la contaminación marina procedente de los buques constituye un delito penal tanto si se comete deliberadamente como por negligencia grave. Se impondrán sanciones a cualquier persona incluidos el capitán, el propietario, el armador y el fletador de un buque y a la sociedad de clasificación que sean declarados autores de un delito de contaminación ilegal o participantes en el mismo, ya sea por conducta deliberada o por negligencia grave. Las sanciones podrán comportar penas de prisión en los casos más graves.

La propuesta representa también un esfuerzo por parte de la Comisión para poner fin a los miles de vertidos deliberados de desechos y residuos de carga que realizan los buques en los mares de Europa (3 ). La directiva propuesta establece normas detalladas que regulan el vertido de sustancias contaminantes, entre ellas el petróleo y las sustancias químicas, y considera ilegal cualquier incumplimiento de las mismas en aguas de la Unión. Además, prohíbe los vertidos en alta mar, independientemente del pabellón del buque.

A fin de luchar con eficacia contra la contaminación causada por los buques, el mecanismo propuesto ha de ir acompañado de medidas que armonicen las sanciones penales y aumenten la cooperación judicial con arreglo al Título VI del Tratado de la Unión Europea.

Por consiguiente, la Comisión tiene previsto presentar en breve una propuesta de decisión marco destinada a reforzar el marco penal mediante la aproximación de las disposiciones legislativas o reglamentarias de los Estados miembros en materia de delitos de contaminación procedente de buques, así como a facilitar y fomentar la cooperación entre las autoridades judiciales a fin de reprimir estos delitos. Más concretamente, estas disposiciones complementarias se refieren a un nivel mínimo armonizado de sanciones máximas, a la jurisdicción de los tribunales...

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