Minerales metalíferos, escorias y cenizas

CAPÍTULO 26

MINERALES METALÍFEROS, ESCORIAS Y CENIZAS Notas 1. Este capítulo no comprende:

  1. a) las escorias y desperdicios industriales similares preparados en forma de macadán (partida 2517);

  2. b) el carbonato de magnesio natural (magnesita), incluso calcinado (partida 2519);

  3. c) los lodos procedentes de los depósitos de almacenamiento de aceites de petróleo constituidos principalmente por estos aceites (partida 2710);

  4. d) las escorias de desfosforación del capítulo 31;

  5. e) la lana de escoria, de roca y las lanas minerales similares (partida 6806);

  6. f) los desperdicios y desechos de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué); los demás desperdicios y desechos que contengan metal precioso o compuestos de metal precioso, de los tipos utilizados principalmente para la recuperación del metal precioso (partida 7112);

  7. g) las matas de cobre, níquel o cobalto, obtenidas por fusión de los minerales (sección XV).

  8. En las partidas 2601 a 2617, se entiende por 'minerales', los de las especies mineralógicas efectivamente utilizadas en metalurgia para la extracción del mercurio, de los metales de la partida 2844 o de los metales de las secciones XIV o XV, aunque no se destinen a la metalurgia pero a condición, sin embargo, de que sólo se hayan sometido a los tratamientos usuales en la industria metalúrgica.

  9. La partida 2620 sólo comprende:

  10. a) las cenizas y residuos de los tipos utilizados en la industria para la extracción del metal o la fabricación de compuestos metálicos, excepto las cenizas y residuos procedentes de la incineración de desechos y desperdicios municipales (partida 2621);

  11. b) las cenizas y residuos que contengan arsénico, incluso si contienen metal, de los tipos utilizados para la extracción de arsénico o metal o para la fabricación de sus compuestos químicos.

    Notas de subpartida 1. En la subpartida 2620 21, se entiende por 'lodos de gasolina con plomo y lodos de compuestos antidetonantes' con plomo, los lodos procedentes de los depósitos de almacenamiento de gasolina y los de compuestos antidetonantes, que contengan plomo (por ejemplo:

    tetraetilo de plomo), y constituidos esencialmente por plomo, compuestos de plomo y óxido de hierro.

  12. Las cenizas y residuos que contengan arsénico, mercurio, talio o sus mezclas, de los tipos utilizados para la extracción de arsénico o de estos metales o para la elaboración de sus compuestos químicos, se clasificarán en la subpartida 2620 60.

    Código NC Designación de la mercancía Tipo del derecho convencional (%) Unidad suplementaria 1 2 3 4

    2601 Minerales de hierro y sus concentrados, incluidas las...

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