Acción Común 2007/733/PESC del Consejo, de 13 de noviembre de 2007, por la que se modifica la Acción Común 2007/369/PESC sobre el establecimiento de la Misión de Policía de la Unión Europea en Afganistán (EUPOL AFGANISTÁN)

SectionAcción Común
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

ACCIÓN COMÚN 2007/733/PESC DEL CONSEJO de 13 de noviembre de 2007 por la que se modifica la Acción Común 2007/369/PESC sobre el establecimiento de la Misión de Policía de la Unión Europea en Afganistán (EUPOL AFGANISTÁN) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 14,

Considerando lo siguiente:

(1) El 30 de mayo de 2007, el Consejo adoptó la Acción Común 2007/369/PESC sobre el establecimiento de la Misión de Policía de la Unión Europea en Afganistán (1).

(2) El 18 de junio de 2007, el Consejo aprobó unas Orientaciones para la estructura de mando y control de las operaciones civiles de gestión de crisis de la UE; estas orientaciones disponen, en particular, que el Comandante Civil de la Operación ejercerá el mando y control a nivel estratégico para el planeamiento y la ejecución de todas las operaciones civiles de gestión de crisis, bajo el control político y la dirección estratégica del Comité Político y de Seguridad (CPS) y la autoridad general del Secretario General y Alto Representante para la PESC (SGAR); disponen asimismo que el Director de la Capacidad Civil de Planeamiento y Ejecución establecida en la Secretaría General del Consejo será el comandante civil de cada operación de gestión civil de crisis.

(3) La citada estructura de mando y control se entiende sin perjuicio de las responsabilidades contractuales del Jefe de Misión para con la Comisión en lo que atañe a la ejecución del presupuesto de la Misión.

(4) La Capacidad de Guardia Permanente establecida en la Secretaría del Consejo debe activarse para la presente Misión.

(5) La Acción Común 2007/369/PESC debe modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

La Acción Común 2007/369/PESC queda modificada de la siguiente manera:

1) El apartado 3 del artículo 5 se sustituye por el texto siguiente:

'3. Además, varios miembros del personal de la Misión serán desplegados para mejorar la coordinación estratégica de la reforma de la policía en Afganistán, según corresponda, y en particular la coordinación con la secretaría de la Junta Internacional de Coordinación Policial (IPCB) en Kabul. La Secretaría de la IPCB estará situada, según corresponda, en el cuartel general de la EUPOL AFGANISTÁN.'.

2) Se inserta el siguiente artículo:

'Artículo 5 bis Comandante civil de la operación 1. El Director de la capacidad civil de planeamiento y ejecución será el Comandante civil de la...

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