Modificación del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia con vistas a acelerar los procedimientos

SectionReglamento
Issuing OrganizationTribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas.

C 28/26 ES 27.1.2001Diario Oficial de las Comunidades Europeas TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA Modificacio¥ n del Reglamento de Procedimiento del Tribu- -- El Tribunal de Primera Instancia decidira¥ caso por caso, tomando en consideracio¥n la urgencia particular y lasnal de Primera Instancia con vistas a acelerar los procedimientos circunstancias del asunto, asi¥ como si Èste, habida cuenta de su complejidad y del volumen de los escritos presentados, se presta a un debate esencialmente oral.(2001/C 28/48) El 6 de diciembre de 2000 el Tribunal de Primera Instancia 2. Supresio¥n del segundo turno de escritos de alegaciones -ha adoptado varias modificaciones de su Reglamento de Modificacio¥n del arti¥culo 47

Procedimiento con la finalidad de acelerar los procedimientos (DO L 322, de 19 de diciembre de 2000). Dichas modificacioCuando una vez presentado el escrito de contestacio¥n el nes entrara¥n en vigor el 1 de febrero de 2001.

contenido de los autos sea suficientemente completo para permitir a las partes desarrollar sus motivos y alegaciones en Las referidas modificaciones versan principalmente sobre: la fase oral, el Tribunal de Primera Instancia podra¥ decidir que no se presentara¥n escritos de rÈplica y du¥plica. En este caso, a 1) La creacio¥n de un procedimiento acelerado ('fast track'). peticio¥n de las partes, el Tribunal les concedera¥ ma¥s tiempo de uso de la palabra para que desarrollen su argumentacio¥n en la 2) La posibilidad de que el Tribunal de Primera Instancia vista.

suprima el segundo turno de escritos de alegaciones.

3) La reduccio¥n del plazo para presentar la demanda de 3. Reduccio¥n del plazo para presentar la demanda de intervencio¥n intervencio¥n. -- Modificacio¥n del arti¥culo 115, apartado 1, y nuevo apartado 6 del arti¥culo 116

4) La utilizacio¥n de los medios de comunicacio¥n modernos y la simplificacio¥n de las disposiciones sobre los plazos -- Se reduce a seis semanas el plazo para presentar la por razo¥n de la distancia. demanda de intervencio¥n, plazo que se contara¥ a partir de la publicacio¥n en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas de la comunicacio¥n relativa a la interposicio¥n del recurso.1. Creacio¥n de un procedimiento acelerado ('fast track') -- Nuevo arti¥culo 76 bis -- No obstante, podra¥ admitirse la intervencio¥n extempora¥nea que se solicite despuÈs de la expiracio¥n del referido Este procedimiento de un nuevo tipo esta¥ destinado a asuntos plazo y antes de la decisio¥n de iniciar la fase...

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