Reglamento (CE) nº 183/2002 de la Comisión, de 31 de enero de 2002, por el que se modifican las restituciones a la exportación del azúcar blanco y del azúcar en bruto sin perfeccionar

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 1.2.2002L 31/32

REGLAMENTO (CE) No 183/2002 DE LA COMISIÓN de 31 de enero de 2002 por el que se modifican las restituciones a la exportación del azúcar blanco y del azúcar en bruto sin perfeccionar LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece una organización común de mercados en el sector del azúcar (1), y, en particular, el párrafo tercero del apartado 5 de su artículo 27,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 122/2002 de la Comisión (2) ha fijado las restituciones aplicables a la exportación para el azúcar blanco y el azúcar en bruto.

(2) La aplicación de las modalidades mencionadas en el Reglamento (CE) no 122/2002 a los datos de que dispone la Comisión conduce a modificar las restituciones a la exportación actualmente en vigor, con arreglo al anexo del presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se modificarán, con arreglo a los importes consignados en el anexo, las restituciones a la exportación de los productos contemplados en la letra a) del apartado 1 del artículo 1 del Reglamento (CE) no 1260/2001, sin perfeccionar o no desnaturalizados, fijadas en el anexo del Reglamento (CE) no 122/2002.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de febrero de 2002.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 31 de enero de 2002.

Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión (1) DO L 178 de 30.6.2001, p. 1.

(2 ) DO L 23 de 25.1.2002, p. 3.

ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas1.2.2002 L 31/33

ANEXO del Reglamento de la Comisión, de 31 de enero de 2002, por el que se modifican las restituciones a la exportación del azúcar blanco y del azúcar en bruto sin perfeccionar Código producto Destino Unidad de medida Importe de las restituciones 1701 11 90 9100 A00 EUR/100 kg 35,45 (1 ) 1701 11 90 9910 A00 EUR/100 kg 35,45 (1) 1701 11 90 9950 A00 EUR/100 kg (2) 1701 12 90 9100 A00 EUR/100 kg 35,45 (1) 1701 12 90 9910 A00 EUR/100 kg 35,45 (1) 1701 12 90 9950 A00 EUR/100 kg (2 ) 1701 91 00 9000 A00 EUR/1 % de sacarosa × 100 kg de producto neto 0,3854

1701 99 10 9100 A00 EUR/100 kg 38,54

1701 99 10 9910 A00 EUR/100 kg 38,54

1701 99 10 9950 A00 EUR/100 kg 38,54

1701 99 90 9100...

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