Decisión del Banco Central Europeo, de 14 de diciembre de 2009, por la que se modifica la Decisión BCE/2001/16 sobre la asignación de los ingresos monetarios de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros participantes a partir del ejercicio de 2002 (BCE/2009/27)

SectionDecision
Issuing OrganizationBanco Central Europeo

22.12.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 339/55

ES

DECISIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 14 de diciembre de 2009

por la que se modifica la Decisión BCE/2001/16 sobre la asignación de los ingresos monetarios de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros participantes a partir del ejercicio de 2002

(BCE/2009/27)

(2009/998/UE)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y, en particular, el artículo 32,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión BCE/2009/16, de 2 de julio de 2009, sobre la ejecución del programa de adquisiciones de instrumentos de renta fija tipo Pfandbrief (bonos garantizados)

( 1

), establece un programa de adquisiciones de bonos garantizados con fines de política monetaria.

(2) La Orientación BCE/2009/10, de 7 de mayo de 2009, por la que se modifica la Orientación BCE/2000/7 sobre los instrumentos y procedimientos de la política monetaria del Eurosistema

( 2

), da acceso a las operaciones de mercado abierto y facilidades permanentes del Eurosistema a las entidades de crédito que, dada su especial naturaleza institucional en el Derecho comunitario, están sujetas a un escrutinio comparable a la supervisión por las autoridades nacionales competentes.

(3) La experiencia demuestra la necesidad de especificar el tratamiento de los saldos activos derivados de incumplientos de entidades de contrapartida del Eurosistema en el marco de las operaciones de crédito de este, y de otros activos financieros conexos.

(4) La Decisión BCE/2001/16, de 6 de diciembre de 2001, sobre la asignación de los ingresos monetarios de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros participantes a partir del ejercicio de 2002

( 3

), debe modificarse a fin de que las novedades mencionadas se reflejen en el cálculo y la asignación de los ingresos monetarios.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión BCE/2001/16 se modificará como sigue:

1) En el artículo 1, la letra g) se sustituye por el texto siguiente:

g) "entidad de crédito": a) una entidad de crédito en el sentido del artículo 2 y del artículo 4, apartado 1, letra a), de la Directiva 2006/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a su ejercicio (*), según su adopción en el derecho interno, que está sujeta a la supervisión de una autoridad competente, o b) otra entidad de crédito en el sentido del...

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