Reglamento de Ejecución (UE) nº 622/2013 de la Comisión, de 25 de junio de 2013, que modifica el Reglamento (CE) nº 2368/2002 del Consejo por el que se aplica el sistema de certificación del proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto

Enforcement date:June 28, 2013
SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

28.6.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 177/15

ES

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 622/2013 DE LA COMISIÓN

de 25 de junio de 2013

que modifica el Reglamento (CE) n o 2368/2002 del Consejo por el que se aplica el sistema de certificación del proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 2368/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, por el que se aplica el sistema de certificación del proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto

( 1

), y, en particular, su artículo 20,

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo II del Reglamento (CE) n o 2368/2002 figura la lista de los participantes en el sistema de certificación del proceso de Kimberley (PK) y de sus autoridades competentes debidamente designadas.

(2) El 23 de mayo de 2013, la presidencia del PK publicó una nota en la que se confirmaba, por procedimiento escrito, que los participantes en el proceso de Kimberley (PK) habían decidido abstenerse de enviar a la República Centroafricana o recibir de ella remesas de diamantes en bruto hasta el momento en el que se clarificase la capacidad de dicho país para asegurar el cumplimiento de las normas PK mínimas.

(3) Por consiguiente, el anexo II del Reglamento (CE) n o 2368/2002 debe modificarse en consecuencia.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité mencionado en el artículo 22 del Reglamento (CE) n o 2368/2002.

(5) Con el fin de garantizar la efectividad de las medidas establecidas en el presente Reglamento, este debe entrar en vigor inmediatamente.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo II del Reglamento (CE) n o 2368/2002 se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 25 de junio de 2013.

Por la Comisión, en nombre del Presidente Catherine ASHTON

Vicepresidenta

( 1 ) DO L 358 de 31.12.2002, p. 28.

L 177/16 Diario Oficial de la Unión Europea 28.6.2013

ES

ANEXO

ANEXO II

Lista de los participantes en el sistema de certificación del proceso de Kimberley y de sus autoridades competentes debidamente designadas según lo dispuesto en los artículos 2, 3, 8, 9, 12, 17, 18, 19 y 20

ANGOLA

Ministry of Geology and Mines Rua Hochi Min

C.P # 1260 Luanda Angola

ARMENIA

Department of Gemstones and Jewellery Ministry of Trade and Economic Development

M. Mkrtchyan 5 Ereván Armenia

AUSTRALIA

Department of Foreign Affairs and Trade Trade Development Division

R.G. Casey Building

John McEwen Crescent

Barton ACT 0221

Australia

BANGLADESH

Export Promotion Bureau TCB Bhaban

1, Karwan Bazaar

Daca

Bangladesh

BIELORRUSIA

Ministry of Finance

Department for Precious Metals and Precious Stones Sovetskaja Str., 7

220010 Minsk

República de Bielorrusia

BOTSUANA

Ministry of Minerals, Energy and Water Resources PI Bag 0018

Gaborone

Botsuana

BRASIL

Ministry of Mines and Energy

Esplanada dos Ministerios...

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