Reglamento de Ejecución (UE) nº 441/2013 de la Comisión, de 7 de mayo de 2013, por el que se modifican o derogan determinados reglamentos relativos a la clasificación de las mercancías en la nomenclatura combinada

Enforcement date:June 04, 2013
SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

ES

15.5.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 130/1

II

(Actos no legislativos)

REGLAMENTOS

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 441/2013 DE LA COMISIÓN

de 7 de mayo de 2013

por el que se modifican o derogan determinados reglamentos relativos a la clasificación de las mercancías en la nomenclatura combinada

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común

( 1 ) y, en particular, su artículo 9, apartado 1, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1) Determinados reglamentos de la Comisión relativos a la clasificación de las mercancías, adoptados para garantizar la aplicación uniforme de la nomenclatura combinada establecida por el Reglamento (CEE) n o 2658/87, se refieren a códigos o notas que ya no existen o han dejado de ser válidos. Por tanto, resultaría oportuno modificarlos, a fin de tener en cuenta los códigos y notas en vigor pertinentes.

(2) La clasificación de las mercancías establecida en algunos otros reglamentos es redundante o ha perdido su importancia o validez debido, entre otras cosas, a los cambios introducidos en las descripciones de las mercancías y los códigos conexos del sistema armonizado o de la nomenclatura combinada. Así pues, procede modificar o derogar dichos reglamentos.

(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Código Aduanero.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los reglamentos que se enumeran en la columna 2 del cuadro que figura en el anexo I del presente Reglamento se modifican tal como se especifica en dicho anexo.

Artículo 2

El Reglamento que figura en la columna 2 del cuadro que figura en el anexo II del presente Reglamento se modifica tal como se especifica en dicho anexo.

Artículo 3

Quedan derogados los reglamentos que se enumeran en el anexo III del presente Reglamento.

Artículo 4

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 7 de mayo de 2013.

Por la Comisión, en nombre del Presidente Algirdas SEMETA

Miembro de la Comisión

( 1 ) DO L 256 de 7.9.1987, p. 1.

ES

L 130/2 Diario Oficial de la Unión Europea 15.5.2013

ANEXO I

(mencionado en el artículo 1)

En el siguiente cuadro, y en relación con los reglamentos enumerados en la columna 2, los códigos NC, las notas y las frases que aparecen bajo la columna 3 se sustituyen por los códigos NC, las notas y las frases que aparecen bajo la columna 4.

n

o Reglamento de la Comisión/Reglamento de ejecución de la Comisión Sustituir por

(1) (2) (3) (4) 1 (CEE) n o 1669/77 (DO L 186 de

26.7.1977, p. 23):

en el artículo 1: 0207 36 11

0207 36 15

2 (CEE) n o 3558/81 (DO L 356 de

11.12.1981, p. 28):

en el artículo 1: 7117 19 91 7117 19 00

(CEE) n o 1220/84 (DO L 117 de

3.5.1984, p. 20):

3 a) en el artículo 1, apartado 1: 9405 91 11 9405 91 10

4 b) en el artículo 1, apartado 2: 9405 91 11 9405 91 10

5 c) en el artículo 1, apartado 3: 9405 91 11 9405 91 10

6 (CEE) n o 1030/86 (DO L 95 de

10.4.1986, p. 13):

en el artículo 1: 7326 20 80 7326 20 00

7 (CEE) n o 2275/88 (DO L 200 de

26.7.1988, p. 10):

en el punto 1 del cuadro que figura en el anexo:

a) en la columna (2): 1008 90 90 1008 90 00

b) en la columna (3): 1008 90 90 1008 90 00

1104 29 18 1104 29 17

8 (CEE) n o 1260/89 (DO L 126 de

9.5.1989, p. 12):

en el punto 2 del cuadro que figura en el anexo:

a) en la columna (2): 2930 90 85 2930 90 99

b) en la columna (3): 2930 90 85 2930 90 99

(CEE) n o 2061/89 (DO L 196 de

12.7.1989, p. 5):

9 a) en el punto 1 del cuadro que figura en el anexo, en la columna (3):

... notas explicativas del SA, partida 2106)

... nota explicativa del SA relativa a la partida 21.06)

0207 45 10

0207 55 10

0207 60 10

ES

15.5.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 130/3

(1) (2) (3) (4)

10 b) en el punto 2 del cuadro que figura en el anexo, en la columna (3):

... notas explicativas del SA, partida 2106)

... nota explicativa del SA relativa a la partida 21.06)

11 c) en el punto 3 del cuadro que figura en el anexo, en la columna (3):

... notas explicativas del SA, partida 2106)

... nota explicativa del SA relativa a la partida 21.06)

12 d) en el punto 4 del cuadro que figura en el anexo, en la columna (3):

... notas explicativas del SA, partida 2106)

... nota explicativa del SA relativa a la partida 21.06)

13 e) en el punto 5 del cuadro que figura en el anexo:

i) en la columna (2): 3004 50 10 3004 50 00

ii) en la columna (3): 3004 50 10 3004 50 00

14 f) en el punto 6 del cuadro que figura en el anexo:

i) en la columna (2): 3004 90 19 3004 90 00

ii) en la columna (3):

3004 90 19

en DA, DE, ES, FI, FR, IT, NL y PT

3004 90 91

en BG, CS, EN, EL, ET, HU, LV, LT, MT, PL, RO, SK, SL y SV

15 (CEE) n o 2141/89 (DO L 205 de

18.7.1989, p. 22):

en el artículo 1, apartado 2: 4810 14 80 o 4810 19 90 4810 14 00 o 4810 19 00

16 (CEE) n o 3482/89 (DO L 338 de

22.11.1989, p. 9):

en el punto 1 del cuadro que figura en el anexo:

a) en la columna (2): 0305 30 90 0305 32 90

b) en la columna (3): 0305 30 0305 32

0305 30 90 0305 32 90

0305 30 11 a 0305 30 90 0305 31 00 a 0305 39 90

0304 21 00 a 0304 29 99 0304 61 00 a 0304 89 90

17 (CEE) n o 650/90 (DO L 71 de 17.3.1990, p. 11):

en el punto 1 del cuadro que figura en el anexo:

a) en la columna (2): 4602 19 91 4602 19 90

b) en la columna (3): 4602 19 91 4602 19 90

3004 90 00

L 130/4 Diario Oficial de la Unión Europea 15.5.2013

ES

(1) (2) (3) (4)

(CEE) n o 3044/90 (DO L 292 de

24.10.1990, p. 5):

18

a) en el punto 2 del cuadro que figura en el anexo, en la columna (1):

... Directiva 72/199/CEE de la Comisión, Anexo I, apartados 1 y 2 (DO L 123 de

29.5.1972, p. 6).

... Reglamento (CE) n o 152/2009 de la Comisión, anexo III, partes L y C respectivamente.

... Directiva 71/393/CEE de la Comisión, anexo: Párrafo 4 procedimiento A y párrafo 1 respectivamente (DO L 279 de 20.12.1971, p. 7).

... Reglamento (CE) n o 152/2009, anexo III, partes H y A respectivamente.

19

b) en el punto 3 del cuadro que figura en el anexo, en la columna (1):

... Directiva 72/199/CEE de la Comisión, Anexo I, apartados 1 y 2 (DO L 123 de

29.5.1972, p. 6).

... Reglamento (CE) n o 152/2009, anexo III, partes L y C respectivamente.

... Directiva 71/393/CEE de la Comisión, Anexo: párrafo 4 procedimiento A y párrafo 1 respectivamente. (DO L 279 de 20.12.1971, p. 7).

... Reglamento (CE) n o 152/2009, anexo III, partes H y A...

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