Asunto C-178/12: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 7 de marzo de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Social no 1 de Córdoba — España) — Rafaela Rivas Montes/Instituto Municipal de Deportes de Córdoba (IMDECO) (Artículos 53, apartado 2, y 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Política social — Principio de igualdad de trato — Directiva 1999/70/CE — Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada — Cláusula 4 — Contratos de trabajo de duración determinada en el sector público — Determinación de la antigüedad — Diferencia de trato entre personal funcionario y personal laboral — Toma en consideración de los períodos de servicio prestados anteriormente en la Administración — Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia)
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ES Diario Oficial de la Unión Europea 4.5.2013
Desestimar el recurso de casación.
Condenar en costas a Carrols Corp.
) DO C 174, de 16.6.2012.
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 7 de marzo de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Social n o 1 de Córdoba - España) - Rafaela Rivas Montes/Instituto Municipal de Deportes de Córdoba
(IMDECO)
(Asunto C-178/12) ( 1 )
(Artículos 53, apartado 2, y 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Política social - Principio de igualdad de trato - Directiva 1999/70/CE - Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada - Cláusula 4 - Contratos de trabajo de duración determinada en el sector público - Determinación de la antigüedad - Diferencia de trato entre personal funcionario y personal laboral - Toma en consideración de períodos de servicio prestados anteriormente en la Administración - Incompetencia manifiesta del Tribunal de
Justicia)
(2013/C 129/06)
Lengua de procedimiento: español
Órgano jurisdiccional remitente
Juzgado de lo Social n o 1 de Córdoba
Partes en el procedimiento principal
Rafaela Rivas Montes
Instituto Municipal de Deportes de Córdoba
Petición de decisión prejudicial - Juzgado de lo Social n o 1 de Córdoba - Interpretación del artículo 45 TFUE, apartado 4 - Norma nacional que rige el método de cálculo de los complementos salariales por antigüedad en la función pública - Aplicación por parte de una Administración pública de reglas diferentes en función de la naturaleza administrativa o laboral de la relación de servicio - Falta de toma en consideración de determinados períodos cubiertos por el personal no funcionario.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a las cuestiones planteadas con carácter prejudicial por el Juzgado de lo Social n o 1 de Córdoba mediante resolución de 27 de febrero de 2012.
) DO C 209, de 14.7.2012.
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 14 de marzo de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank te Rotterdam - Países Bajos) - procedimiento penal contra EBS Le relais Nord Pas De Calais
(Asunto C-240/12) ( 1 )
(«Procedimiento prejudicial - Inadmisibilidad»)
(2013/C 129/07)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Rechtbank te Rotterdam
Parte en el procedimiento penal principal
EBS Le relais Nord Pas De Calais
Objeto
Petición de decisión prejudicial -...
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